LA
CNDH NO ESTABLECE NORMAS EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS POR LAS QUE DEBAN
REGIRSE LOS RECLUSORIOS; SUPERVISA EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE LA PERSONA
Comunicado CGP/204/15, 14 de julio de 2015
La
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) no establece las normas bajo
las cuales deben regirse los penales y centros de internamiento para personas
privadas de su libertad. Su función es observar y verificar que en dichos
lugares se respeten la dignidad y los derechos fundamentales de la persona, sin
que ello inhiba o determine las condiciones de seguridad.
El
respeto a los derechos esenciales en los centros de reclusión está reconocido
en la Constitución General y debe basarse, igualmente, en los instrumentos
internacionales en la materia, sobre los documentos que han sido firmados por
el Gobierno Federal y ratificados por el Senado de la República.
En
cuanto al cumplimiento de la función de observancia del respeto a los derechos
fundamentales en los reclusorios, cuyos resultados se reflejan en el
Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, que anualmente se da a
conocer, la CNDH cuenta con el apoyo y colaboración de los integrantes de la
Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH), con
quienes realiza un trabajo coordinado en cada entidad, en cumplimiento con lo
dispuesto por el artículo 18 constitucional.
Esa
tarea se realiza con base en la Guía Nacional de Supervisión Penitenciaria,
instrumento que permite medir con objetividad las condiciones de internamiento
a partir de indicadores que representan los aspectos a evaluar en un
reclusorio.
De
acuerdo con el compromiso de este Organismo nacional con la transparencia y la
rendición de cuentas, la información del Diagnóstico Nacional de Supervisión
Penitenciaria es pública y está a disposición de quien desee consultarla en
la página web de esta Comisión Nacional www.cndh.org.mx .
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