Gana
MVS a Aristegui: queja 139/2015
La
periodista Carmen Aristegui fue despedida de su programa de radio en marzo por
MVS. Foto: Archivo
Refgorma, (14 julio 2015).- Un tribunal federal desechó en definitiva el amparo
con el que la periodista Carmen Aristegui había impugnado su despido de la
empresa Grupo MVS.
Los
abogados de Aristegui solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación
atraer la queja para aclarar si empresas como MVS pueden ser consideradas como
autoridades para efectos de un amparo, pero en junio pasado, ningún ministro de
la Corte quiso hacer suya la petición, con lo que el caso volvió al tribunal
colegiado.
Además
de admitir el amparo, el juez Silva había concedido el 12 de mayo una
suspensión definitiva en favor de Aristegui, en la que ordenó reuniones
conciliatorias entre las partes, que no tuvieron éxito, y que se mantuviera el
pago de salarios a la periodista, hasta la expiración de su contrato en
diciembre de 2015.
MVS
impugnó la suspensión y aparentemente, en los dos meses posteriores, nunca pagó
un peso a Aristegui, quien optó por no reclamar el dinero.
Silva
provocó polémica con esta medida, pues una suspensión provisional similar que
concedió en abril, había sido rápidamente revocada por el Octavo Tribunal
Colegiado, que la consideró excesiva.
Alrededor
de veinte amparos promovidos por simpatizantes de Aristegui aún están en
trámite, pero las posibilidades de que esos juicios resulten en la
reinstalación de la periodista en MVS son mínimas.
Sigue
disputa mercantil
Aunque
el amparo de Aristegui ya fue desechado, sigue en curso la demanda mercantil
promovida por MVS contra su ex conductora.
En
dicha demanda, MVS demandó la declaración judicial de terminación anticipada
del contrato que firmó en 2009 con Aristegui, entre otras razones, por
supuestas violaciones a las cláusulas del convenio y a la Ley Federal del
Derecho de Autor.
Más
aún, la empresa busca que Aristegui pague una penalización equivalente a un año
de la "contraprestación base fija de garantía" que estaba prevista en
su contrato, es decir, al salario que percibía sin tomar en cuenta ingresos por
publicidad, que eran mucho mayores al sueldo base.
El
22 de junio, el Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa
rechazó un recurso de incompetencia por declinatoria promovido por Aristegui,
quien consideró que el caso no debía ser revisado por un juez federal, sino por
uno local.
En
este expediente, que tramita el juez Décimo Cuarto de Distrito en Materia
Civil, Aristegui podría presentar una reconvención o contrademanda, en la que
podría exigir su reinstalación, pero el caso puede tomar años para una
sentencia final.
Hora
de publicación: 15:50 hrs.
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