14 jun 2016

Por fin salió la Ley Nacional de Ejecución Penal

Es increíble que los diputados no s epongan de acuerdo en el número de cárceles del país..! Asi Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena, dice citando al relagtor de la ONU que en México existen 389 centros penitenciarios; para Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del PRD son 419 centros penitenciarios, y para César Alejandro Domínguez Domínguez (PRI) afirma que tenemos 387 centros...
¡Por fin! la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta que expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, la cual establece las normas que deberán observarse durante el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial.http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/63/2016/jun/20160614-I.pdf

Plantea que los principios rectores del Sistema Penitenciario sean la dignidad, igualdad, legalidad, debido proceso, transparencia, confidencialidad, publicidad, proporcionalidad y reinserción social.
 El documento, fue aprobado con 449 votos en lo general, también adiciona las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto párrafo, y reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal, a fin de especificar los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución penal y regular los medios para lograr la reinserción social.
Con 391 votos a favor, 56 en contra y 1 abstención, se avaló en lo particular y en términos del dictamen, las reservas a los artículos: 9, 10, 102, 118, 161, 172, 176, 177 y 188 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
 El texto fue enviado al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
 Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, expresó que este documento forma parte del marco normativo que lleva a fortalecer un camino iniciado hace ocho años con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del año 2008, para transitar de una justicia escrita e inquisitiva hacia una oral y adversarial.
 Indicó que en este nuevo sistema la prioridad es el respeto irrestricto de los derechos humanos, la garantía de un debido proceso para los imputados y, sobre todo, la atención del derecho de las víctimas.
 “El día de hoy, estamos cumpliendo con el compromiso que nos marcó el Constituyente Permanente, de darle a los mexicanos antes del 18 de junio del 2016, las herramientas que permitan hacer realidad en las leyes secundarias los principios consagrados en la Ley Suprema”, afirmó.
 El propósito de la Ley Nacional de Ejecución Penal es precisar las normas que deben observarse durante la prisión, ya sea preventiva o compurgando una sentencia, buscando respetar en todo momento los derechos humanos de quienes se encuentren en estas situaciones, bajo el principio de reinserción social.
 En esta nueva ley, se definen las atribuciones y alcances de la figura del juez de ejecución, para garantizar que la privación de la libertad de las personas procesadas y sentenciadas sea aplicada sin abusos ni privilegios.
 Se contemplan permisos humanitarios de salida, cuando se justifique con enfermedad terminal o fallecimiento de padres, hijos, cónyuge, concubina o concubino. También, brinda respeto a los derechos de las mujeres privadas de su libertad, alineándose a las reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas.
 Ofrece la posibilidad a los internos de acceder a las acciones administrativas y recursos jurisdiccionales para que se garantice el respeto de sus derechos, mientras dure su internamiento, y un novedoso enfoque de justicia restaurativa, contemplado en los programas de tratamiento de adicciones, reinserción en libertad, justicia colaborativa o restitutiva.
Debate:
Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII, y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal.
El segundo de los dictámenes, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Y, el tercero de los dictámenes, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Se informa a la asamblea que la fundamentación de los tres dictámenes se hará en un solo acto por el presidente de la Comisión de Justicia. 
Y en consecuencia tiene la palabra el diputado Álvaro Ibarra Hinojosa para fundamentar, como se dijo, los tres dictámenes y en uso de la palabra hasta por 10 minutos.
El diputado Álvaro Ibarra Hinojosa: Con su permiso, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, acudo a esta tribuna en mi calidad de presidente de la Comisión de Justicia de esta Cámara de Diputados, a fin de fundamentar tres dictámenes que se someten a la consideración de este pleno para su discusión.
Estos dictámenes son referente a las minutas enviadas por el Senado de la República en relación a los proyectos de decreto, por lo que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Los proyectos antes mencionados forman parte del marco normativo que llevan a fortalecer un camino iniciado hace ocho años con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación e 18 de junio del año 2008 en esta aspiración de exigencia social de cambiar la realidad en el ámbito penal para transitar de una justicia escrita e inquisitiva, hacia una justicia oral y adversarial.
En este nuevo sistema la prioridad es el respeto irrestricto de los derechos humanos, la garantía de un debido proceso para los imputados y sobre todo la atención del derecho de las víctimas.
El día de hoy, estando a cuatro días de iniciar a nivel nacional con esta nueva historia en la vida jurídica y en la vida de todo ciudadano, estamos cumpliendo con el compromiso que nos marcó el Constituyente Permanente, de darle a los mexicanos antes del 18 de junio del presente año,   las herramientas que permitan hacer realidad en las leyes secundarias los principios consagrados en la Ley Suprema.
Por el inminente plazo y ante la responsabilidad que tenemos como legisladores, quiero primeramente agradecer la voluntad de mis compañeras y compañeros diputados de todos los grupos parlamentarios que forman parte de la Comisión de Justicia, ya que se han sumado al esfuerzo de aprobar los proyectos en sus términos, con el objetivo de permitirles a todos los mexicanos el acceso a la justicia con las garantías del debido proceso.
Ahora bien. En el marco de las legislaciones que hoy se ponen a nuestra consideración, me permito exponerles algunos puntos principales de cada uno de ellos.
Sobre la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el objetivo de las reformas es armonizar dicha norma al nuevo sistema de justicia penal, así como los parámetros de la Convención de Palermo para hacer más eficientes la investigación y persecución de los delitos.
Con lo anterior logrando los siguientes beneficios: Hacer más eficiente la investigación de los delitos fortaleciendo las operaciones encubiertas, la vigilancia electrónica y la colaboración de informantes y usuarios simulados, entre otros. Esto con el fin de lograr el debido equilibrio entre la investigación eficaz y el respeto a los derechos humanos.
Para la recabación de información en lugares públicos y la vigilancia electrónica, se prevé necesariamente la autorización de un juez antes de su procedencia.
También, compañeras y compañeros diputados, se tipifican nuevos delitos, como el desvío de precursores químicos para el cultivo, el narcomenudeo, el de uso de moneda falsificada a sabiendas y el contrabando de bienes en sus modalidades de importación y exportación ilegal.
Se armoniza la intervención de comunicaciones privadas, las informaciones anónimas y la colaboración de miembros de la delincuencia organizada con el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Respecto a la Ley Nacional de Ejecución Penal, el objetivo es precisar las normas que deben observarse durante la presión, ya sea esta de manera preventiva o compurgando una sentencia, buscando siempre respetar en todo momento los derechos humanos de quienes se encuentren en estas situaciones bajo el principio de reinserción social.
Entre las características principales de esta nueva ley, e encuentra la definición de las atribuciones y alcances de la figura el juez de ejecución, para garantizar que la privación de la libertad de las personas procesadas y sentenciadas sean aplicadas sin abusos ni privilegios.
Se contemplan también permisos humanitarios de salida, cuando se justifique con enfermedad terminal o fallecimiento de padres, hijos, cónyuge, concubina o concubino.
Se brinda respeto a los derechos de las mujeres privadas de su libertad, alineándose a las reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas.
Se brinda la posibilidad a los reos de acceder a las acciones administrativas y recursos jurisdiccionales para que se garantice el respeto de sus derechos, mientras dure su internamiento.
Por último, contiene un novedoso enfoque de justicia restaurativa, contemplado en los programas de tratamiento de adicciones, reinserción en libertad, justicia colaborativa o restitutiva.
La Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes. El objetivo fundamental de esta nueva legislación es permitir que exista en el territorio nacional un instrumento jurídico especializado que pueda aplicarse a las personas menores de edad, de entre 12 y menores de 18 años, que cometan o hayan cometido algún delito.
Este ordenamiento a favor de los menores de edad, tiene como principales los siguientes elementos. Implementar y fomentar el uso de los acuerdos preparatorios y de la suspensión condicional del proceso como salidas alternas a los procedimientos.
Establecer los procedimientos para que se garanticen los derechos humanos de los menores que han cometido un delito, de acuerdo a las reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores, velando en todo momento por el interés superior a la niñez.
Marca que la sanción de prisión sea de máximo 5 años, utilizando esta como una medida extrema de último recurso, privilegiando otras medidas para su reinserción, como sesiones de asesoramiento colectivo, supervisión familiar, libertad asistida, entre otras.
Asimismo, esta ley busca fortalecer el vínculo del adolescente con su familia, ya que la hace partícipe para que acompañe al adolescente en todo su proceso.
Estos ordenamientos vienen a complementar los ya aprobados en la miscelánea penal y dejan constancia que desde el ámbito legislativo concordamos con los esfuerzos del presidente Enrique Peña Nieto, para llevar a cabo las reformas necesarias que permitan a todos los mexicanos acceder a una justicia que sea pronta y expedita y, sobre todo, que responda el legítimo reclamo de la sociedad de una justicia clara, accesible y oportuna.
Quiero agradecer de nueva cuenta a todos los integrantes de la Comisión de Justicia, a la sociedad civil, especialmente a la Red de Juicios Orales quienes estuvieron siempre involucrados en todo el proceso legislativo, así como también a los operadores del sistema, ya que estamos claros que somos todos los involucrados quienes fortalecemos el sistema jurídico en su conjunto.
Compañeras y compañeros diputados, los convoco a aprobar estos tres proyectos de decreto en los términos que propone el Senado de la República, para consolidar la reforma al sistema de justicia penal con mejores ordenamientos y mejores instituciones.
Votemos conscientes que nuestra tarea y comisión con esta causa no termina aquí, el marco jurídico es progresivo, evoluciona y se transforma, por lo que nuestra labor legislativa continúa y lo seguirá haciendo como hasta ahora, escuchando a la sociedad civil y a todas las fuerzas políticas.
El día de hoy tenemos la oportunidad de seguir contribuyendo con el cambio más importante de nuestro país, con respecto a la procuración e impartición de justicia de las últimas décadas.
Votemos a favor de un México más justo. De un México garante de los derechos humanos. De un México que proteja a las víctimas y sancione de manera eficaz cualquier hecho que se ubique fuera del marco de la ley. Muchas gracias.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Ibarra.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Está a discusión en lo general. Y vamos, desde luego, a dar la palabra, ya está integrada una lista de diputadas y diputados que fijarán la posición de sus respectivos grupos parlamentarios.
Tiene la palabra la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
La diputada Cynthia Gissel García Soberanes: Con la venia de la Presidencia. Honorable asamblea, a nombre del Grupo Parlamentario Encuentro Social vengo a posicionar el dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal que adiciona las fracciones 35, 36, 37 y un quinto párrafo y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal.
Con la Ley Nacional de Ejecución Penal se habrán de sentar las bases del nuevo sistema penitenciario nacional, el cual tiene como único fin la efectiva readaptación del sentenciado y su reinserción social.
Además, el nuevo ordenamiento contribuirá a garantizar de manera efectiva el debido proceso y la integridad física de los procesados que se encuentran en prisión preventiva, así como la salvaguarda de los detenidos con fines de extradición.
En Encuentro Social estamos convencidos de la urgente necesidad de contar con una ley única en materia de ejecución penal que se encargue de homologar las medidas de seguridad, internamiento y gobernabilidad de los centros de readaptación social del país. Y asimismo, garantizar las condiciones de vida digna y segura de todos los internos.
La falta de un marco jurídico adecuado ha permitido el autogobierno y el abuso de las autoridades carcelarias en prejuicio de los internos, que se encuentran vulnerables ante los abusos de la autoridad y los grupos delincuenciales que operan en nuestras cárceles; para lo cual la nueva legislación busca la exacta aplicación de la pena, lo que se traduce en el debido proceso penitenciario.
En ese sentido y con la entrada en vigor de esta ley se regularán las facultades del juez de ejecución, con la finalidad de reforzar la preeminencia y la responsabilidad de la autoridad judicial en la ejecución penal.
Otra de las aportaciones de este ordenamiento es que se busque crear las condiciones diferenciadas para que mujeres y hombres que se encuentren privados de su libertad. Al respecto, las autoridades de las cárceles deberán garantizar que los servicios de educación, salud, alimentación, trabajo, actividades artísticas y recreativas, cursos y talleres atiendan las necesidades propias de cada género.
En este sentido se establecen condiciones de atención médica para las embarazadas privadas de la libertad, las cuales deberán contar con la atención médica obstétrico- ginecológica y pediátrica, antes, durante y después del parto. Y que, de igual manera, se garantice la alimentación especial para la interna y el infante.
Resulta revelador conocer que 40 por ciento de la población penitenciaria de nuestro país no ha sido sentenciada, por lo cual la nueva legislación establece que los centros penitenciarios se dividirán en dos secciones: una, para la extinción de penas; la otra, para la prisión preventiva. Para cada una de estas contará con una autoridad responsable y su comité disciplinario.
Por otra parte, la ley prevé que las sanciones administrativas que se impongan a los internos transgredan el ámbito de la visita personal, familiar, íntima, religiosa, humanitaria o existencial. Así como la comunicación con sus defensores, organismos públicos, de protección de los derechos humanos y el mismo Ministerio Público.
Nuestras autoridades penitenciarias contarán con un plazo de cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para capacitar, adecuar y modernizar las infraestructuras carcelarias conforme a los parámetros señalados en ese nuevo ordenamiento. De igual forma, se deberá modificar la estructura orgánica existente y adecuada en la que se mandará la norma.
Es importante señalar que el régimen transitorio de los presentes, en esta ley se establece el beneficio de la libertad anticipada y de todos los presidiarios que hayan sido sentenciados por robo cuando no haya mediado violencia y el valor de lo robado, o sea mayor a 80 salarios mínimos. Igualmente tendrán derecho al beneficio de los sentenciados por posesión de cannabis, siempre que fueran menos de cinco kilogramos, no hubieran mediado violencia y no existiera la concurrencia de más delitos.
Por lo antes expuesto las y los diputados de Encuentro Social, habremos de votar a favor del dictamen que nos presenta la Comisión de Justicia, pues consideramos necesarios dotar a nuestro sistema penitenciario del marco legal que garantice el pleno respeto de los derechos humanos de los internos y su efectiva reinserción social. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada García. Nada más para que todo mundo estemos claros, se hizo la fundamentación de los tres dictámenes para los que ya se entró a discusión, pero ahora los posicionamientos y las votaciones se harán uno por uno, que estamos en el primero de ellos que es el correspondiente a la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Antes de continuar, informo que esta Presidencia recibió oficio del diputado Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que comunica su reincorporación a sus funciones legislativas a partir de esta fecha, por lo que se tiene por reincorporado. Comuníquese.
Tiene ahora la palabra, el diputado Carlos Gutiérrez García, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
El diputado Carlos Gutiérrez García: La reclusión en un centro penitenciario no debe ser causa de violación de los derechos fundamentales, mismos que el Estado está obligado a garantizar. Con su permiso, señor presidente, compañeras y compañeros diputados.
El dictamen que se discute el día de hoy constituye una oportunidad para brindar mejores condiciones a quienes cumplen una condena en los centros penitenciarios del país. Mediante el presente dictamen, se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, con la finalidad de establecer las normas que deben de observarse durante el internamiento por prisión preventiva en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial.
Del mismo modo, busca establecer los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución penal, así como regular los medios para lograr la reinserción social.
La reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008 que dio lugar a la implementación del sistema procesal penal acusatorio en nuestro país, establece en sus artículos transitorios la obligación para emitir diversas disposiciones legales, entre las que se encuentra la Ley Nacional de Ejecución Penal. En cumplimiento de lo anterior, se expide la ley que dará un marco normativo para la ejecución de sentencias de orden penal.
En Nueva Alianza estamos convencidos de que para garantizar la existencia de seguridad jurídica en nuestro país es necesario adaptar a nuestro tiempo las leyes, reglas y normas que rigen a la sociedad, para el efectivo cumplimiento del estado de derecho.
Estamos conscientes de la actual crisis de seguridad, procuración y administración de justicia. Por esta razón seremos partícipes de aquellas acciones que coadyuven a garantizar el orden público, la protección y defensa de los derechos humanos, ya que es la piedra toral sobre la que se construye la estabilidad de un país democrático.
Nuestra Constitución establece en su artículo 1o. que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la misma y en los tratados internacionales de los que México es parte, así como de las garantías para su protección cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la propia Norma establece. Del mismo modo, el artículo 18 constitucional incorpora un eje en la organización del sistema penitenciario: El respeto a los derechos humanos.
La ley que estaremos aprobando el día de hoy cumple con estos preceptos y contempla, entre otras cosas, que el desarrollo del debido procedimiento penitenciario se regirá por los estándares internacionales y por los principios de dignidad, igualdad, legalidad, debido proceso, transparencia, confidencialidad, publicidad, proporcionalidad y reinserción social.
Según cifras de la Comisión Nacional de Seguridad, hasta junio del año pasado la población carcelaria en nuestro país era de 255 mil 138 internos, de los cuales el 80.73 por ciento se encuentra por delitos del fuero común, y 19.22 por delitos del fuero federal; es prioritario atender las necesidades de este sector de la población.
Entre las mejoras que se incluyen con la nueva ley, se estipula que las mujeres privadas de la liberad tendrán acceso a derechos específicos, así como a condiciones especiales para las niñas y niños que nazcan en los centros penitenciarios. Del mismo modo se establece que las autoridades penitenciarias organizarán la administración y operación del sistema penitenciario sobre la base del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación, la educación, la salud y el deporte. De este modo se busca que las y los internos cuenten con los medios para lograr una efectiva reinserción social. Por estas razones en Nueva Alianza votaremos a favor del presente dictamen. Los retos de México son nuestro impulso. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Gutiérrez. Tiene ahora la palabra el diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
El diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco: Con su permiso, presidente; diputadas y diputados, antes de iniciar quiero saludar al grupo de estudiantes de la licenciatura en derecho del Centro de Estudios Universitarios Vizcaya de las Américas, que nos visitan del Campus de Puerto Vallarta, invitados por un servidor. Bienvenidos a este recinto.
“Educa a los niños y no castigarás a los hombres”. Pitágoras. Las reformas que se van a aprobar hoy en materia de ejecución penal, en materia de adolescentes y de delincuencia organizada, son reformas que se debieron haber hecho hace muchos años. La de justicia para adolescentes tiene su origen desde el año 2006, en reformas que se hicieron desde ese año. Sin embargo en todos estos años ha tenido gravísimos problemas de implementación.
Por su parte la Ley de Ejecución de Penas, también tiene su origen en la gran reforma constitucional del 2008, en donde se dio un plazo de tres años para que se implementara en los estados, y finalmente ante la pasividad de las entidades federativas se hizo la reforma del año 2003, para que el Congreso de la Unión tuviera facultades y se creara esta ley que hoy discutimos.
Las tres reformas que hoy discutimos se engloban en las adecuaciones para implementar el nuevo modelo de justicia penal que surgió, como ya decía en la reforma de 2008, y que estamos a menos de una semana de que se cumpla el plazo constitucional, por ello se insiste en el rezago en la lentitud que ha tenido su implementación.
La implementación al nuevo sistema de justicia penal enfrenta rezago, ausencias y fallas que impactarán de manera negativa en la operación del modelo de juicios orales y retrasaran la consolidación de una justicia eficaz y adecuada, según lo señala el CIDAC.
La Secretaría de Gobernación, por su parte, señala que los estados más rezagados son Guerrero, Colima, Coahuila, Campeche, Tlaxcala, Hidalgo, Baja California Sur, el Distrito Federal, Jalisco y Nayarit.
Es evidente que aún falta mucho para lograr el objetivo que se trazó desde 2008. Hoy sólo cuatro estados están preparados para de manera completa implementar el nuevo modelo de justicia penal.
Lo que sí tenemos que reconocer es que de alguna u otra forma se han logrado avances en la impartición de justicia, pero no suficiente sobre todo en la materia de reinserción social. Por lo tanto, la ley nacional de ejecución penal, que tiene su antecedente en Brasil, en el año de 1924, es una ley que permite la intervención judicial en la ejecución de penas, con lo cual se vigilará el respeto a los derechos humanos.
Sin duda enfrentará graves problemas para su implementación, ya que existe, según la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en las prisiones, una alarmante sobrepoblación de aproximadamente el 25 por ciento, esto significa algo así como más de 51 mil personas que están en prisiones de manera que no hay lugar de manera digna para que estén en prisiones preventivas.
Además, somos el séptimo país con mayor sobrepoblación y con personas en prisiones; es decir, sólo por debajo de Estados Unidos y China. Aunado a ello, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha señalado que en el 65 por ciento de la prisiones existe autogobierno, esto significa que lograr los fines que señala el artículo 18 constitucional, va a ser muy complicado. Esto es, que haya reinserción social de acuerdo a lo que es el respeto a los derechos humanos, al trabajo, la educación, la salud y el deporte.
Coincidimos en que el sistema de justicia ha imperado la corrupción y la impunidad, que se ha permitido en todos los niveles de gobierno. Insisto, compañeros, vamos tarde en estas reformas.
Y, para eso, necesitamos señalar, por ejemplo, en el análisis que hace el Inegi, que –en el 2014– 13 mil 960 menores fueron procesados; de los cuales 539 relacionados con un homicidio, 2 mil están vinculados con el narcomenudeo, 192 relacionados con delitos de secuestro, 71 por extorsión y 7 por evasión de precios.
Es importante que esta reforma lleve a una dirección correcta, por eso hay dos grandes ejes en la misma: la judicialización del procedimiento de ejecución de las sanciones penales y el establecimiento de un nuevo paradigma del sistema penitenciario, relativo a la reinserción social del sentenciado. No podemos esperar más, se lo debemos a México, se lo debemos sobre todo a nuestros jóvenes. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Sánchez. Tiene ahora la palabra el diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
El diputado Jesús Emiliano Álvarez López: Con su permiso, señor presidente. El sistema carcelario en México enfrenta una profunda crisis que va más allá de los sucesos recientes relacionados con Joaquín Guzmán Loera, alias El Chapo, y cuyas causas se vinculan con muchas de las dificultades estructurales que desde hace muchos años caracterizan a nuestro país: la corrupción, la impunidad, la pobreza y la ineficiencia en la procuración e impartición de justicia.
El pasado 14 de abril de este año la Cámara de Diputados recibió de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2015, donde precisa que las deficiencias detectadas con mayor incidencia en los 130 centros revisados se refieren a la clasificación entre procesados y sentenciados, hacinamiento, falta de actividades laborales y de capacitación para el trabajo.
En dicho documento también se identificaron como faltas importantes la carencia de personal, de custodia, de atención a incidentes violentos, es decir, no cuentan con las suficientes acciones para prevenir o atender casos como riñas, lesiones, fugas, homicidios o motines.
La mayoría de los centros visitados no cuentan con algún programa para la prevención de adicciones y prevalecen deficiencias en las condiciones materiales y de higiene. Y una constante es la falta de manuales de procedimiento de ingreso traslado de internos, motines, usos de la fuerza; solicitar audiencia con las autoridades; presentar quejas; visita íntima, familiar; revisión de visitantes; de estancias; deficiente difusión de la normatividad que rige el centro hacia los internos.
La CNDH resalta que en 71 centros se pudo observar un deficiente control en el ejercicio de las funciones de autoridad por parte de los servidores públicos en actividades productivas, educativas y deportivas, de alimentación, mantenimiento y limpieza, así como el control del ingreso de visitas, tanto familiar como el uso de teléfonos y de seguridad.
En los penales se observaron áreas de privilegios, presencia de objetos y sustancias prohibidas e internos que ejercen control mediante la violencia sobre el resto de la población.
Por otra parte, de acuerdo con el informe sobre la situación de personas privadas de su libertad en México, realizado por el Relator de la Organización de Naciones Unidas, pone de manifiesto datos escalofriantes.
1. En México existen 389 centros penitenciarios con capacidad para 197 mil 993 personas, sin embargo la población a enero de 2014 fue de 248 mil 487 personas, es decir casi un cuarto de millón. De ellas, casi el 20 por ciento pertenecen al fuero federal y el 80 por ciento al fuero común. De ellas, el 5 por ciento son mujeres.
2. En México es un país donde se privilegia el uso de la prisión como pena, a pesar del texto constitucional que señala que sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva.
En junio de 2011 se establecieron en el texto constitucional los delitos que ameritan prisión preventiva automática, donde las personas imputadas por determinados delitos deben permanecer necesariamente privadas de libertad bajo el proceso.
Por otro lado, las sanciones alternativas a prisión se utilizan sólo en un porcentaje menor al 3.6 por ciento de la condena. El 54 por ciento de los centros de reclusión registran sobrepoblación. Aunado a esto, a nivel nacional el porcentaje de sobrepoblación penitenciaria es del 25 por ciento, donde por cada 100 mil habitantes hay 209 personas privadas de su libertad.
Este año debemos señalar el caso del penal de Topo Chico, en Nuevo León, donde el pasado 16 de febrero tuvo lugar la peor tragedia carcelaria del país, en la cual resultaron muertas 49 personas y 12 más resultaron lesionadas, en un motín por la disputa del control de ese penal, y apenas hace dos semanas se fugaron dos reos de alta peligrosidad de un penal de la Ciudad de México, y justo ayer, apenas se dio un zafarrancho en el penal de Barrientos, en el municipio de Tlalnepantla, en el Estado de México.
La Ley Nacional de Ejecución Penal adquiere una relevancia trascendental, ya que sin duda alguna la fase de educación de las sanciones penales es el momento en el que se ejerce el poder punitivo del estado con mayor uso de violencia.
Por ello, es necesario limitar y controlar a las autoridades administrativas respecto al tratamiento en los centros penitenciarios, mediante la figura del juez de ejecución, ya que el sentenciado es una persona sujeto de derecho, obviamente con correlativos deberes y obligaciones.
Solo en la medida en que el nuevo sistema de justicia penal sea puesto completamente en marcha, con eficacia y bajo el principio de legalidad, será posible comenzar a ver mejoras en el sistema penitenciario.
También se requiere la prevención de la prevención de la corrupción en los centros penitenciarios, una utilización más eficiente de los recursos destinados al sistema penal, pues México es uno de los países en Latinoamérica que más gasta en mantener a sus reos, mayor impulso a programas de trabajo y capacitación para el mismo centro penitenciario, protección de grupos con necesidades específicas dentro de las cárceles.
Por ello, reconociendo la tragedia que se vive en nuestro sistema penitenciario y buscando que esta realidad se modifique, el Grupo Parlamentario de Morena votará a favor de esta propuesta. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Álvarez. Saludamos la presencia de alumnos de sexto grado de primaria del Colegio Anglo Español de Durango, invitados por diputados del PRI de este estado de Durango.
Tiene ahora la palabra la diputada Lia Limón García, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista.
La diputada Lia Limón García: Con su venia, diputado presidente. La nueva Ley Nacional de Ejecución Penal, que hoy estamos discutiendo, tiene como finalidad armonizar en la federación y en las entidades federativas el sistema de cumplimiento de penas impuestas por resolución judicial, el internamiento por prisión preventiva, dar mayor claridad a los procedimientos que surjan con motivo de las controversias de la ejecución penal, pero muy particularmente busca dos cosas, la reinserción social de alguna manera que ayudará también a reducir el hacinamiento, que ya se habló aquí del problema que hay con el hacinamiento, y también mejorar las condiciones de vida de los reos que se encuentran en prisión.
Esta minuta fue aprobada por la Comisión de Justicia, y comparto con ustedes algunos de los motivos por los que la hemos aprobado e impulsado.
Primero. Se reconocen de manera expresa diversos derechos que las personas sentenciadas gozarán, tales como el derecho a contar con un abogado, incluso de oficio, para las personas sentenciadas, privadas de su libertad. El derecho a vivir, como ya lo mencioné, en condiciones dignas. A recibir visitas. La prohibición de aislamiento, salvo por cuestiones de excepción y por tiempo limitado. Y a recibir más y mejor atención médica.
Es decir, atiende varias de las observaciones que se han hecho en diversas recomendaciones, tanto de organismos internacionales en materia de derechos humanos, como de la CNDH.
Segundo. En caso de las mujeres privadas de su libertad, el derecho a conservar la guardia y custodia de su hija o hijo menor de tres años, a fin de que pueda permanecer con ella en el centro penitenciario, y si el menor tuviera discapacidad se podrá ampliar el plazo, ponderando siempre el interés superior de la niñez.
Tercero. Se regula el tema de los traslados de los centros penitenciarios de uno a otro, exigiendo autorización judicial previa y, en ciertos casos, control judicial posterior.
Cuarto. En el caso de las mujeres embarazadas o con niños menores bajo su custodia, no estará permitido el traslado. Se incorpora también la figura de observador, que será la persona perteneciente a organizaciones de la sociedad civil que podrá ingresar al centro penitenciario, con el fin de verificar que se respeten los derechos humanos, y este es uno de los puntos fundamentales de esta ley, pues eso llevará a que la mejoría de los centros penitenciarios sea constante.
Seis. Se establece con claridad una adecuada separación entre las funciones administrativas y las jurisdiccionales en el proceso de ejecución de las sentencias.
Se contempla también un procedimiento administrativo que conocerá la autoridad penitenciaria para peticiones de orden administrativo, relacionadas con hechos, actos u omisiones respecto de las condiciones de internamiento. Y se desarrolla el procedimiento jurisdiccional que conocerá el juez de ejecución, relacionado propiamente con las ejecuciones de las sentencias condenatorias firmes que contemplen penas privativas de la libertad y las no privativas de la libertad, incluyendo la exigibilidad de la reparación del daño.
El procedimiento jurisdiccional, además, también establecido en esta ley se rige por un sistema de audiencias bajo los principios de la publicidad, inmediación, continuidad, concertación y contradicción.
Se establecen con claridad los beneficios preliberacionales a los que las personas sentenciadas podrán acceder, y eso, insisto, será fundamental para contribuir a reducir el hacinamiento que hoy se vive en diversos penales.
Finalmente, como una forma de propiciar la rehabilitación y la reintegración de las personas sentenciadas relacionadas con el consumo de sustancias y para lograr la reducción de índices delictivos, se crea un programa de justicia terapéutica y también se reincorpora la justicia restaurativa, a fin de que la víctima u ofendido, el sentenciado, y en su caso la comunidad afectada, participen de forma activa en la resolución de cuestiones derivadas del delito, entre otros propósitos con el de coadyuvar en la reintegración de la víctima u ofendido y del sentenciado a la comunidad y la recomposición del tejido social.
Por todas estas razones, además de por la importancia de lograr en estos días la armonización plena de nuestro marco normativo con el nuevo sistema penal acusatorio, cuya fecha fatal es el próximo 17 de este mes, el Partido Verde Ecologista de México votaremos en sentido positivo, ya que encontramos aspectos importantes que contribuirán a un sistema de ejecución de sentencias penales pronto, expedito, bajo la óptica del debido proceso y en aras de lograr la reinserción de las personas sentenciadas.
Sin duda alguna creemos que esta ley es una ley que va a contribuir también al fortalecimiento de los derechos humanos en nuestro país. Es cuanto.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Limón. Tiene ahora la palabra la diputada Cristina Teresa García Bravo, del Grupo Parlamentario del PRD.
La diputada María Cristina Teresa García Bravo: Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, el sistema penitenciario en México enfrenta una grave crisis por la falta de una adecuada política nacional que observe y cumpla los principios constitucionales. Como muestra están los recientes hechos registrados en el penal de Topo Chico, Nuevo León, donde fallecieron 40 personas durante un motín. Y las difundidas fugas de grandes delincuentes en diversos centros penitenciarios del país.
Lo cierto es que hoy el sistema representa un gran costo económico y social, porque no reinserta, no capacita para el trabajo, no educa, no dignifica a la persona, y lo más grave: no propicia la reparación del daño a las víctimas.
Actualmente en el país existen 419 centros penitenciarios. En todos ellos se vive a diario la sobrepoblación, hacinamiento, el autogobierno delincuencial y no existe la clasificación correcta de las personas que se encuentran ahí recluidas. Los procesados están mezclados con los sentenciados con diferentes niveles de peligrosidad, lo que trae consigo la contaminación criminal, el perfeccionamiento del modus operandi y la integración de organizaciones nuevas para delinquir.
Sabemos que el número de internos en el país ha tenido un crecimiento importante en los últimos diez años, crecimiento que se debe en gran medida a la inseguridad, la corrupción, el narcotráfico, la delincuencia organizada, el tráfico de armas, los abusos de poder, entre otros.
Según cifras de la Comisión Nacional de Seguridad, dependiente de la Secretaría de Gobernación, de febrero de 2015, la población carcelaria en toda la República Mexicana es de más de 257 mil 291 internos; 49 mil 412 reos son del fuero federal y 207 mil 879 del fuero común.
De los 207 mil 879 internos del fuero común, 83 mil 761 enfrentan proceso. Y 124 mil 118 fueron sentenciados. Asimismo, de los 49 mil 412 internos del fuero federal, 25 mil 325 están siendo procesados y 24 mil 87 ya fueron sentenciados.
Lo anterior es alarmante y es prueba de que el sistema federal y estatal penitenciario es un fracaso. De ahí la importancia que para el Partido de la Revolución Democrática tiene el presente dictamen, de votar a favor para expedir la Ley Nacional de Ejecución Penal, la cual permitirá concretar el urgente y necesario cambio de paradigma del sistema nacional penitenciario, pues tiene la intención de remediar las pésimas condiciones en que se encuentran las prisiones en nuestro país y establecer las bases que habrán de observarse durante el internamiento por prisión preventiva en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial condenatoria.
Sin duda se trata de una ley que va registrar importantes cambios cualitativos y cuantitativos en las prisiones de las entidades federativas, en virtud de las acciones y recursos de procedimientos, los cuales se sustanciarán conforme a un sistema adversarial y oral.
Los internos por prisión preventiva y sentenciados tendrán la oportunidad de gozar de la libertad anticipada y permitirá al Estado un mejor empleo de los recursos económicos para alcanzar la reinserción social de los sentenciados sobre las bases del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, cuyos principios se encuentran establecidos en el artículo 18 constitucional y en los tratados internacionales donde el Estado mexicano es parte.
Solo para tener una idea del alcance de esta ley, la actividad del juez estaría dirigida al cumplimiento de la pena asegurando el debido respeto a los derechos humanos de las y los reclusos, eliminando discrecionalidades de la autoridad administrativa como hoy suceden, sin reglas claras de seguridad jurídica, defensa, igualdad, legalidad, debido proceso, publicidad en las audiencias y transparencia, así entonces los jueces de ejecución son los que darán trámite a los procedimientos que corresponda a la ejecución de sentencia, para dar cumplimiento a la sentencia emitida por el juez de juicio o tribunal en los términos establecidos por esta ley demás leyes penales aplicables.
Por otra parte, la presente ley protegerá a las mujeres, al reconocer el derecho a la maternidad y lactancia estableciendo la obligación de contar con atención médica y obstétrica ginecológica, así como protección a las personas más vulnerables como son los adultos mayores, indígenas y en especial las niñas y niños, estableciendo atención pediátrica y una edad máxima hasta de tres años en su estancia. Advertimos y hacemos notar que existen estándares internacionales que definen la edad máxima de cinco años de niñas y niños para su permanencia con las madres en los centros de reclusión.
Por ello, compañeras y compañeros diputados, las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, votaremos a favor del presente dictamen, porque estamos convencidas y convencidos de que esta Ley Nacional va a contribuir de manera significativa en el reconocimiento de la persona privada de su libertad como sujeto de derechos y no más como un reo o prisionero. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada García. Tiene ahora la palabra la diputada Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Mayra Angélica Enríquez Vanderkam: Ciudadanos, ciudadanas. La reforma constitucional en materia de justicia penal del 17 de junio de 2008, tomó una de las decisiones más relevantes para la convivencia social y para el orden social en nuestro país, estableciendo un nuevo modelo que desafortunadamente no ha podido ser puesto en marcha en plenitud.
Una de las vertientes relevantes de esta reforma era rescatar el objeto de las sanciones penales para que verdaderamente fueran útiles para la reparación del daño, la inhibición del delito y la reinserción social.
Durante meses ha estado en discusión y ha estado en debate una reforma que ahora se muestra más urgente que nunca. El diagnóstico nacional de la supervisión penitenciaria de 2015, realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, resume claramente cuáles son las deficiencias de nuestro sistema penitenciario.
Primero. La sobrepoblación de los centros penitenciarios.
Segundo. El hacinamiento.
Tercero. Insuficiencia en los programas.
Cuarto. Insuficiencia y malas condiciones para la atención de incidentes violentos.
Quinto. Malas condiciones materiales e higiene en las instalaciones para alojar a los internos.
Sexto. Insuficiencia del personal de seguridad para tender motines, riñas, fugas.
Séptimo. Ejercicio de funciones de autoridad por parte de internos del centro; es decir, el autogobierno. Deficiencia en la división entre los procesados que aun no reciben sentencia con los ya sentenciados. La falta de actividades laborales y capacitación en los penales e insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria y, por último, yo agregaría corrupción.
Esto es el análisis que la Comisión Nacional de Derechos Humanos hace todavía en el año 2015.
La ley que hoy se presenta hace ya una relatoría de todas estas situaciones y presenta propuestas claras y concretas. Propuestas que permitirán dar solución si es que estas medidas realmente logran implementarse.
Es importante señalar que establece también una perspectiva de género para garantizar que las mujeres tengan derecho a servicios de salud, atención digna, derecho a la intimidad, derecho también por supuesto a su integridad física.
Es importante también destacar que se establecen modificaciones para el Código Penal y prevé sanciones para aquellos encargados del Sistema Penitenciario que amenacen, den privilegios, omitan el cumplimiento de sus obligaciones.
Creemos, pues, que con esta tarea que ya ha sido relatada por los compañeros que me han antecedido en tribuna, se cumple con lo que el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial requieren para que tengamos un Sistema Penitenciario sólido y fuerte.
Sin embargo quedan tareas pendientes para este Poder Legislativo, y quiero mencionarlas: entre lo que se está proponiendo, por supuesto, están medidas para la reinserción social, y ello supone programas de atención que tiene que desarrollar la Secretaría de Educación, de Cultura, Desarrollo Social, Salud, el Conade, la Comisión de Atención a Víctimas del Delito, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de Gobernación, la procuraduría, el Instituto de la Defensoría Pública, y el Consejo de la Judicatura Federal.
Tenemos nosotros que estar, como diputadas y diputados, pendientes de que el próximo Presupuesto contenga las acciones, los programas y los recursos para la debida implementación. Tenemos que estar, por supuesto, pendientes, de que el transitorio que establece que en 160 días las legislaturas locales tendrán que hacer las adecuaciones pertinentes, comiencen a realizar estas tareas.
Ya hay una deuda pendiente y un rezago que ha sido notado y que ha sido destacado por diversos compañeros de distintos grupos parlamentarios.
Pero por último, tenemos que considerar que esta ley debe de estar en su completo cumplimiento en cuatro años. Esto supone una obligación de nuestra parte de estar dando seguimiento en los próximos meses para que veamos que las instalaciones han sido adecuadas; que tenemos los sistemas de información que se están proponiendo en esta ley; que tenemos además el equipo, la capacitación y el personal suficiente para que se pueda cumplir la Ley de Ejecución Penal.
No basta que el día de hoy se vote una ley que es necesaria, y que además es un gran avance para nuestro país. Es necesario seguir dando seguimiento para que todo lo establecido en la ley no sea letra muerta, y no volvamos a recibir un informe como el que desafortunadamente recibimos del 2015 acerca de nuestra gran deficiencia en la ejecución penal en nuestro país. Es cuanto.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Enríquez. Tiene ahora la palabra el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del PRI, y se informa a la asamblea que con la intervención del diputado Domínguez concluye también el plazo para la presentación de reservas para este dictamen que está a discusión Ya se han recibido algunas. Adelante, diputado, por favor.
El diputado César Alejandro Domínguez Domínguez: Con su permiso, señor presidente. Hablar del Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial, tiene como propósito el que hoy podamos culminar con los dictámenes que la Comisión de Justicia ha venido desarrollando. El propósito de poder tener el marco normativo necesario para hacerle frente a este nuevo reto que enfrenta el país a partir del próximo día 18 de junio.
Hoy en este momento nos toca hablar de la Ley de Ejecución Penal. En el país tenemos 387 centros penitenciarios; en estos 387 centros penitenciarios tenemos una capacidad para albergar a 203 mil 228 personas, tenemos actualmente una sobrepoblación que supera las 54 mil personas.
De estos estos 387 centros penitenciarios, el 54 por ciento están sobrepoblados. ¿Qué significa esto? Esto significa hacinamiento, esto significa problemas internos, pleitos, enfrentamientos, esto significa mezclar primodelincuentes con delincuentes de alta peligrosidad, significa desorden, significa control de los delincuentes de los penales, en algunos significa autogobierno.
Por eso, con esta ley que estamos proponiendo para que se apruebe por parte de la Comisión de Justicia, buscamos atender la problemática existente, buscamos regular el internamiento por prisión preventiva, buscamos regular la ejecución puntual de una penalidad, regular las medidas judiciales, todo esto cumpliendo con los principios y garantías constitucionales, así como con los tratados internacionales.
Compartiré con ustedes algunos de los aspectos fundamentales que se encuentran dentro de este proyecto de ley. Primero, establece que las personas sujetas a prisión preventiva se estarán o se ubicarán en centros penitenciarios más cercanos al lugar donde viven y al lugar donde se lleva su proceso de carácter penal.
Significa también, dentro de esta ley, que los sentenciados estarán en los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio. Mediante esta ley se busca regular los traslados voluntarios de las personas privadas de su libertad. Esta ley establece el trabajo penitenciario en tres modalidades: el autoempleo, las actividades productivas no remuneradas y las actividades productivas realizadas a cuenta de terceros.
Señala también, y esto es algo muy importante en el contenido de la ley, la corresponsabilidad entre los diversos órdenes de gobierno para poder desarrollar los programas que permitan una eficaz reinserción social de aquellas personas que han cumplido ya una penalidad y sobre todo el darle el seguimiento post-penitenciario a aquellas personas que han obtenido su libertad una vez que esta ha concluido o a partir de una modalidad que se ha generado en una liberación, libertad anticipada de alguna persona que ha cumplido pues o que está cumpliendo una penalidad.
¿Qué se busca con este tratamiento post-penitenciario? Se busca darle seguimiento al programa de reinserción social que se ha previsto en los diversos mecanismos que ya mis compañeros han venido expresando, quienes me han antecedido en el uso de la palabra, para poder garantizar que la persona ha cumplido a cabalidad con el daño que le ha causado a la sociedad a partir de la penalidad que compurgó en un centro penitenciario.
Las mujeres tendrán acceso a los derechos específicos de su género, así como a condiciones especiales los niños y las niñas que nacen en centros penitenciarios, cuidando en todo momento las reglas de los tratados internacionales y particularmente las Reglas de Bangkok.
Se crea el juez de ejecución penal. Antes para poder hacer un cambio, de acuerdo a las modalidades que prevé la propia ley, por ejemplo, de una libertad anticipada, tenía que ser el propio juez de la causa el que tenía que decretarla. Hoy se crea el juez de ejecución penal, quien es el que permite establecer una modalidad diferente a la penalidad que se está compurgando en un centro penitenciario.
En conclusión, lo que buscamos es poder cerrar la pinza en el tema de la seguridad. Los centros penitenciarios son el último eslabón en el tema de la seguridad, por eso tenemos que profesionalizarlos, tenemos que mejorarlos. Y, a partir de esta Ley de Ejecución Penal, es como podemos lograrlo con el concurso de los tres poderes y con el concurso de los tres órdenes de gobierno.
Por eso el Grupo Parlamentario del PRI votará a favor de este proyecto, y les pide la solidaridad a todos los grupos parlamentarios. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Domínguez. Con esta intervención concluye la fase de posicionamientos de los grupos parlamentarios y entramos ahora a la fase de la discusión, para lo cual tiene el uso de la palabra el diputado Cándido Ochoa Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para hablar en pro.
El diputado Cándido Ochoa Rojas: Con el permiso de los presentes.  Para el Partido Verde Ecologista de México las consecuencias de la inseguridad es la erosión del Estado de derecho ya que también conllevan pérdidas económicas y sociales derivadas de los daños provocados por el acto delictivo.
Nos preocupa que la inseguridad vaya destruyendo los vínculos sociales y afectando el capital humano de nuestra sociedad al aumentar la desconfianza dentro de las comunidades. Por ende, consideramos imprescindible realizar una revisión exhaustiva de las políticas encaminadas a responder a esta crisis; un mapeo de los actores responsables de manejar el aparato estatal de seguridad pública y justicia penal, y también un análisis de las capacidades que tienen las instituciones mexicanas para enfrentar una criminalidad cada vez más sofisticada, que conoce la debilidad del sistema.
La construcción de agendas conjuntas a favor de la sociedad implicó un acuerdo entre las distintas expresiones políticas aquí representadas, para concretar este periodo extraordinario que nos permite estar discutiendo el día de hoy algo tan trascendental como es la reconstrucción de nuestro sistema de ejecución penal.
Si bien es cierto que el sistema penitenciario vive actualmente una crisis, es necesario comenzar acotando que tales circunstancias no responden únicamente a consecuencias inherentes al mismo, sino que son producto de diversos factores, tales como la ineficiencia en la procuración e impartición de justicia; la ineficacia en la prevención del de la violencia y la delincuencia; la falta de claridad y precisión en sustentos legales, así como el respeto a los derechos de los mismos, entre otros.
Por lo tanto, una reforma al sistema debe comenzar por retomar el panorama que en la actualidad caracteriza a los centros penitenciarios mexicanos, tanto de dependencia federal como aquellos que están en manos de los estados o de los municipios.
En este sentido, en el Partido Verde ratificamos nuestro compromiso para impulsar leyes y políticas en materia de ejecución penal que permitan recuperar la tranquilidad social, pero fundamentalmente que respeten la dignidad de quienes se encuentran sujetos a proceso y garanticen la reinserción social de quienes están privados de la libertad.
Para las diputadas y los diputados integrantes del Partido Verde Ecologista de México es muy importante que aprobemos la expedición de la Ley Nacional de Ejecución Penal, fundamentalmente por las razones siguientes:
Porque en la propuesta se reconocen de manera expresa diversos derechos de los cuales gozarán las personas internadas en los centros penitenciarios. Por ejemplo, vivir en condiciones humanas durante el periodo de la reclusión, lo que implica recibir un trato digno del personal penitenciario, recibir asistencia médica, recibir alimentación suficiente y de calidad, recibir un suministro salubre, aceptable y permanente de agua para su consumo y cuidado personal, y también una dotación de los artículos de aseo diario necesarios. Adicionalmente, porque contiene una forma de asegurar el respeto a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.
Se incorpora también la figura del observador, que será aquella persona perteneciente a una organización de la sociedad civil, que podrá ingresar al centro penitenciario, a fin de verificar que estos derechos se respeten a cabalidad.
También contiene que la autoridad penitenciaria, a quien le corresponda determinar las faltas disciplinarias, para la cual se prevea un procedimiento claro y transparente, en el que se respeten las reglas del debido proceso y los derechos fundamentales.
Finalmente, quiero mencionar que se establecen en claridad los beneficios de libertad anticipada, a los cuales las personas sentenciadas podrán acceder, lo que indudablemente abonará a reducir la prisión que asfixia a la mayoría de las cárceles mexicanas. Es decir, al hacinamiento y a la sobrepoblación que existe en la actualidad.
En el Partido Verde consideramos que para lograr un desarrollo con justicia y seguridad, es necesario corregir muchos de los vicios que han puesto en crisis a nuestro sistema penitenciario, para lo cual resulta indispensable votar a favor de la aprobación del presente dictamen. Por su atención, muchas gracias y es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Ochoa. Tiene ahora la palabra el diputado Arturo Santana Alfaro, del Grupo Parlamentario del PRD, en pro.
La diputada Jisela Paes Martínez (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Antes, permítame, diputado Santana. Sonido allá en la curul de la diputada Jisela Paes, por favor, ¿con qué propósito, diputada?
La diputada Jisela Paes Martínez (desde la curul): Diputado presidente, para informar al pleno y a usted, que afuera de este recinto legislativo se encuentran cientos de personas cristianas que provienen de todo el país, que traen firmas para fijar su postura en relación a la iniciativa del matrimonio entre las personas del mismo sexo. Por lo cual le solicito, respetuosamente, que se nombre una comisión de cortesía, a fin de que puedan atenderlos. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Paes. Le voy a pedir al diputado vicepresidente Bolaños, que pueda él encargarse de ver la integración de una comisión lo más plural posible, para que pueda atender en sentido positivo la petición que usted ha formulado, diputada. Si no tiene inconveniente, entonces así lo vamos a hacer. Entonces, diputado, le encargo eso, por favor, sí, gracias. Ahora sí, perdón, diputado Santana, adelante.
El diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado presidente, con su venia. Solamente aprovechar estos minutos para refrendar el apoyo del Partido de la Revolución Democrática, para la aprobación del dictamen de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Ya los compañeros que me han antecedido en el uso de la voz han sido muy prolijos, se ha explicado una serie de conceptos que llevan consigo la aprobación de esta Ley Nacional de Ejecución Penal, destacar solamente el tema de la reinserción y la readaptación social, y destacar un punto que ha sido solicitud muy sentida de las organizaciones de la sociedad civil, que va relacionada con el hecho de los derechos de las mujeres privadas de su libertad, en donde se estipulan el derecho a la maternidad y lactancia, en donde verificamos una reducción de la edad de los menores para que puedan acompañar a sus madres del orden de los tres años.
Y como bien lo dijo mi compañera Cristina García al momento de establecer su posicionamiento, hay tratados internacionales, hay acuerdos suscritos por nuestro país, en donde se establece que la edad mínima es de cinco años.
Yo celebro, junto con mi grupo parlamentario, que posterior a la aprobación de este cuerpo de leyes que componen el entramado general de la miscelánea penal, se establezcan las mesas interinstitucionales respectivas para tratar estos asuntos, darles cauce, darles la atención debida y reflexionar.
Y posteriormente presentar entre todos los grupos parlamentarios, como ha sido acordado en la Comisión de Justicia, las adecuaciones que vayan surgiendo con motivo de la entrada en vigor de esta nueva Ley Nacional de Ejecución Penal y los otros ordenamientos que ya aprobamos en el periodo de sesiones ordinarias concluyó en abril, y lo que habremos de aprobar el día de hoy.
Por ello pues, refrendo el voto a favor del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en estas tres leyes que habremos de votar el día de hoy. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Santana.
El diputado Sergio René Cancino Barffuson (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul del diputado Cancino, por favor. Sí, diputado, con qué propósito.
El diputado Sergio René Cancino Barffuson (desde la curul): Sí, nada más para hacer un comentario y un llamado a este pleno. Efectivamente, esta Cámara de Diputados es la casa de todos, de todas, de la ciudadanía en general, de esta nuestra patria que es México.
En ese sentido, la invitación que hace y el exhorto a que se vaya a atender a las personas que mencionó, me parece que es adecuado, pero en el estricto sentido y apego a nuestro Estado laico.
El asunto por el cual se están pronunciando implica, en algún momento, un llamado a los crímenes de odio por homofobia.
Nosotros estamos viviendo ahorita un marco bastante delicado, tensionante en ese sentido. En Jalapa hace unos días ocurrió un atentado en un antro gay y el asunto no se ha terminado de investigar adecuadamente y tenemos el referente del atentado ocurrido en Estados Unidos, en Orlando también a un antro gay como ocurrencia de esta homofobia prevaleciente en el mundo, del cual nuestro país no es ajeno.
Precisamente por eso el presidente de la República hizo este decreto para poder contribuir a minar esta oleada de homofobia prevaleciente en el país. Y esta Cámara de Diputados tendría que contribuir a generar una convivencia plural y diversa en el pleno reconocimiento de los derechos a la población LGBTTTI, y construir una ciudadanía política y convivencia en la diversidad sexual. Ése es el planteamiento desde el Grupo Parlamentario de Morena.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se registran las consideraciones hechas, diputado Cancino.
Yo le solicitaría, respetuosamente también, que condujera sus planteamientos específicos a través de la Junta de Coordinación Política, de la que forma parte la coordinadora de su grupo parlamentario. Y desde luego, la comisión que se ha planteado integrar tiene el cometido único de dialogar, de recibir sus propuestas en una suerte de cortesía parlamentaria de nuestra parte. No prejuzga sobre ningún otro asunto.
Bien. Agotada la lista de oradores consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Suficientemente discutido en lo general. Esta Presidencia informa que, de conformidad con el artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han hecho ya reservas para su discusión en lo particular de una cantidad importante de artículos. Pido a la Secretaría dé cuenta a la asamblea de los mismos.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Artículo 1o., Ley Nacional de Ejecución Penal; el 3, el 4, el 7, el 10, el 16, el 21, 24, 26, 34, 37, 80, 85, 91 Bis, adición; 137, 141, 146, 200, 7o. transitorio, 9o., fracción II; 10o., fracción V; 17, 102, 118, 161, 172, 176, 177 y artículo 188.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: ¿Ya? Bien.
El diputado Rafael Hernández Soriano (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Diputado Hernández Soriano, ¿usted, antes de abrir el tablero electrónico, quiere hacer uso de la palabra desde su curul? Usted ha reservado una cantidad importante de artículos para su discusión en lo particular. Sonido en la curul del diputado Hernández Soriano, por favor. Adelante.
El diputado Rafael Hernández Soriano (desde la curul): Sí, gracias, presidente. Presenté reserva de 18 artículos que engloban dos temas fundamentalmente. Uno, que tiene que ver con el trato igual a reclusos militares o civiles en el sistema penitenciario en que se encontraren. Es decir, el respeto a los derechos humanos y también la igualdad jurídica y constitucional.
El otro tema que, habrá que decirlo, es una demanda de varias organizaciones de defensa de los derechos de la niñez que se apegan a la Convención de Derechos de la Niñez, de la Convención Internacional de Derechos del Niño y a algunas recomendaciones del Comité de Derechos de la Niñez de la ONU, que no establecen una edad máxima para que las niñas y niños menores de seis años sean retirados de la compañía de sus madres en el caso de que estén reclusas.
Habrá que decirlo, que el sentido de mi participación era para que se preservara la edad máxima de seis años. Pero dados dos elementos que es necesario que señale. Uno, que tiene que ver con la importancia de que nuestro país cuente con un nuevo sistema de justicia penal y que tenemos un término constitucional; y el otro que es el ofrecimiento del presidente de la Comisión de Justicia, el diputado Álvaro Ibarra, en el sentido de que se instale una mesa interinstitucional, incluso en la que participen organizaciones de la sociedad civil defensoras de derechos para que se revise ya en su aplicación estos dos instrumentos importantísimos que estamos discutiendo.
Bajo esas circunstancias, presidente, solicito que sean retiradas mis reservas en lo particular y votaremos en pro, y desde luego tomando la palabra al diputado Ibarra, para que en lo inmediato se instalen esas mesas.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Hernández. Entiendo que este asunto que usted subraya de la integración de una mesa interinstitucional es algo que se ha consensuado en el seno de la comisión, para estar en este entendido usted aludió al diputado presidente de la Comisión de Justicia, el diputado Ibarra.
Entiendo que están en esa tesitura, diputado Ibarra, nada más para que queden asentados los asuntos. Me manifiesta a señas y lo reitera el coordinador de la bancada del PRI, el diputado César Camacho, que están en esa actitud. Desde luego el diputado, el presidente de la Comisión de Justicia me reitera que así es.
Entonces con esa consideración, le pido a la Secretaría dé cuenta de los artículos que quedarían finalmente reservados, considerando que los que había reservado el diputado Hernández Soriano, él los declina, los retira.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: ¿Leo los que se retiran?
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: No. Lea cuales quedan en firme reservados, por favor.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Se da cuenta de los artículos que quedan reservados. El artículo 9o, el artículo 10, artículo 17, 24, 102, 118, 161, 172, 176, 177 y 188.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias.
La diputada María Elena Orantes López (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Sonido en la curul de la diputada Orantes López, por favor.
La diputada María Elena Orantes López (desde la curul): Gracias, presidente. También en el mismo sentido, hemos declinado la participación diciendo que para nosotros lo más importante es la segregación con perspectiva de género y el tema para los espacios dignos a los niños.
Aprecio la voluntad del presidente de la Comisión de Justicia y, representados por nuestro compañero Víctor, la declinamos para que pueda ser también trabajada en esta mesa que formularán posteriormente. Gracias, presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Orantes. Por lo tanto la diputada Orantes retira también las reservas que había hecho del artículo 10, párrafo segundo; el artículo 17 y el artículo 24, párrafos primero y cuarto. Son las tres reservas para la discusión en lo particular que también se retiran. Quedarían firmes, con excepción de éstos, los demás, para que tengamos ya la precisión de los mismos.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se pide por lo tanto a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados.
(Votación)
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: ¿Falta alguna diputada o algún diputado de emitir su voto? Está abierto el sistema.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: ¿Falta alguna diputada o diputado de emitir su voto?
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Parece que ya no se ve a nadie así.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor presidente, se emitieron 449 votos en pro, 0 en contra.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Por lo tanto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 449 votos.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Y tiene ahora la palabra, por tres minutos, la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar propuestas de modificación a los artículos 9 y 10 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
La diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez: Con su venia, presidente. El dictamen que hoy se discute deja en claro que el Sistema de Ejecución de Sanciones mexicano, está enfrentando una severa catástrofe, pues el constante incremento de la población carcelaria de los años recientes, ha rebasado por mucho y dejado muy atrás la capacidad de los centros penitenciarios dando lugar a la sobrepoblación, hacinamiento y violencia, que son el principal obstáculo  para que las políticas y programas de reinserción, readaptación o reeducación de su población, surtan los efectos deseados.
Por lo tanto debemos mencionar que la principal obligación del Estado mexicano es buscar a toda costa la estructuración de políticas y programas integrales que combatan las adicciones, siendo que debe ser un derecho no sólo de los sentenciados como se señala en el capítulo octavo denominado justicia terapéutica del texto del dictamen que se discute, el cual establece las bases para regular en coordinación con las instituciones operadoras, la atención integral sobre la dependencia a sustancias de las personas sentenciadas y su relación con la comisión de delitos a través de programas de justicia terapéutica que se desarrollarán conforme a los términos en la ley.
En razón de lo anterior, la reserva que se somete a su consideración pretende aperturar como un derecho de mujeres y hombres privados de su libertad en un centro penitenciario, la atención contra las adicciones, no sólo a los sentenciados que por mandato judicial así lo requieran, sino a todos aquellos privados de su libertad durante el internamiento por prisión preventiva de acuerdo a los protocolos que para el efecto establezcan los centros de reclusión en conjunto con la Secretaría de Salud a través de la Comisión Nacional contra la Adicciones y sus homologas en el caso de las entidades federativas, teniendo como consecuencia la mitigación de daños en la salud, así como la búsqueda de la reinserción social a través de una vida libre de adicciones de todos aquellos privados de su libertad durante su internamiento en centros de reclusión. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Cuata. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las reservas, las propuestas de modificación.
La Secretaria diputada Ana Guadalupe Perea Santos: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión las reservas presentadas. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias. Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se desechan y se reservan para su votación nominal en conjunto en términos del dictamen.
Tiene ahora la palabra el diputado Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar propuesta de modificación a los artículos 102 y 118.
El diputado Alfredo Basurto Román: Sí. Buenas tardes, compañeras diputadas y compañeros diputados. Con su venia, señor presidente. En base al dictamen que se acaba de aprobar, la fracción de Morena por mi conducto hizo dos reservas a dos artículos: al 112, al 118 del dictamen en mención. Sin embargo, a este aspecto me gustaría primeramente comentar algunos antecedentes, algunos considerandos.
Quiero decirles que –en los tres dictámenes que hoy se están discutiendo y, en su momento, se votarán– quiero en cierta forma presumir que en Zacatecas esas leyes ya se vienen aplicando. En Zacatecas desde el 2008, que se inició el nuevo sistema acusatorio penal, se implementó el nuevo sistema y se viene aplicando con mucho éxito. Tal parece que en la federación vamos un poco retrasados en la adecuación del nuevo sistema penal.
Por otro lado quiero comentar que la Ley, en términos generales, de Ejecución de Sanciones, Ley Nacional, representa grandes avances. Sin embargo, hay algunas observaciones y al mismo tiempo cuestionaría ese dictamen, esta ley, porque en todos los que me han antecedido en el uso de la voz e incluso en los posicionamientos queda claro que la política penitenciaria en el país, la política carcelaria, no está adecuada, representa varias deficiencias.
No hay clasificación en cuanto a los detenidos, ya sean procesados, ya sean sentenciados o incluso los que están compurgando una pena, están todos reunidos en un mismo lugar. También se menciona de los delincuentes primarios. No es posible que un delincuente primario por primera vez ingrese a un centro penitenciario y se le reúna con un delincuente de alta peligrosidad, de ahí pues que se viene diciendo que las cárceles en México son las principales escuelas de los delincuentes y no cumplen con su objetivo primordial de la readaptación social.
De ahí pues que debemos empezar por analizar la política penitenciaria y entonces sí implementa la Ley Nacional de Ejecución Penal. Si no, de lo contrario va a rebotar, compañeros, y no va a tener efectos positivos como es lo que se pretende.
Una vez dicho lo anterior, las reservas que se presentan en este momento la primera es en el artículo 102, en su párrafo tercero, donde establece que si el sentenciado se encuentra en libertad y se dicta una sentencia condenatoria sin otorgamiento de algún sustitutivo penal, algún beneficio, el juez de ejecución lo requerirá para que en un plazo de cinco días se interne voluntariamente, compañeros. Y en caso de no hacerlo será reaprehendido.
Se imaginan si una persona es condenada y sabe que no va a obtener algún beneficio, la pregunta es, ¿ustedes creen que voluntariamente  vaya a ir con el juez y diga; Vengo a internarme voluntariamente para que no me reprenda? Compañeros, se va a la evasión de la justicia. Por eso queremos que esa última parte sea eliminada de este dictamen y quede en su momento que cuando se dicte una sentencia condenatoria sin el otorgamiento de algún beneficio, el juez de ejecución de sanciones inmediatamente libre la aprehensión o reaprehensión del sujeto activo.
Si lo deja al arbitrio de que voluntariamente se sujete, claro que nunca lo va a hacer y se va a evadir de la justicia. Eso es en cuanto a la primera, que estimo, compañeros, que es de gran trascendencia e importancia, por lo cual pediría que la misma fuera admitida y votada a favor.
La segunda refiere al artículo 118. En ese aspecto la modificación, la reserva que hacemos es en la fracción VII, donde dice que las personas cuando son privadas de la libertad, los jueces determinan en qué momento se empieza a tomar en cuenta la comprobación de la libertad.
Sabemos que a veces las personas son detenidas por las policías preventivas  los tienen ahí más de 24 horas, a veces hasta 48 horas, y apenas los ponen a disposición del Ministerio Público, y el Ministerio Público dispone de 48 horas para definir su situación jurídica y determinar si lo pone a disposición de un juez de garantías.
Ese tiempo que la persona está privada de su libertad no es tomado en cuenta al momento de compurgar la pena, compañeros. Ahí es donde también en los arraigos que han venido a ser muy cuestionables o si son constitucional o anticonstitucionales, esa prisión que las personas compurgan en el arraigo domiciliario no es tomado en cuenta al momento de compurgar la pena.
Entonces nosotros proponemos que la reserva se tome en cuenta desde que la persona, el sujeto activo de la comisión del ilícito desde la Policía Preventiva y Ministerio Público está siendo ya privado de la libertad, sin saber qué pena se le va a poner por el juez.
La idea es que este artículo se reserve, donde sí se le tome en cuenta desde el arresto domiciliario, desde la prisión preventiva, al momento de la compurgación de la pena, compañeros, son dos aspectos.
Si bien es cierto, en Morena vamos a favor del dictamen, sí somos de la idea que sean tomados en cuenta, son importantes, son a lo mejor de procedimiento, de técnica legislativa, pero que sí trascendería en la compurgación de la pena de los sujetos de la comisión de un ilícito, compañeros. Por lo tanto, solicito a la asamblea sean considerados y sean tomados en cuenta. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Basurto. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, se admiten a discusión.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se desechan y se reservan para su votación nominal en conjunto, en términos del dictamen. Tiene ahora la palabra la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar propuesta de modificación al artículo 161, párrafo tercero.
La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis: Gracias, presidente. Compañeras y compañeros legisladores, la reserva que hoy me permito presentar respecto del artículo 161 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, está íntimamente ligada con un pedimento muy especial que su servidora quiere plantear a esta honorable Cámara, para que por primera vez con responsabilidad volteemos a ver a esos reclusos que se encuentran privados de su libertad por los actos cometidos.
Es muy importante que por favor atendamos la necesidad de poderles brindar elementos a esos reclusos para que puedan salir a la vida pública. De tal suerte, que una vez que cumplimenten su sentencia, tengan elementos para no volver a reincidir.
Es por ello que me permito, en esta modificación al artículo 161, presentar ante ustedes el pedimento respetuoso para que en el orden estatal se le proporcione un fondo a la atención de las víctimas, pero que de ese fondo se tome un pequeño porcentaje para poder incentivar el emprendurismo en los reos durante su estadía en prisión, para que durante el tiempo que están recluidos puedan diseñar un proyecto, que el día de mañana cuando los lleve a volver a recuperar su calidad de ciudadanos tengan oportunidad de tener medios posibles de subsistencia que les garantice no volver a delinquir.
Compañeros legisladores, compañeras diputadas, les pido, con respeto, que nos aboquemos y que aprobemos esta propuesta que su servidora, respetuosamente, trae ante ustedes, con el único fin de poder abatir el índice de delincuencia que sucede en nuestro país.
Se los dejo a su consideración, y antes de considerar votar en bloque, compañeros, analicemos qué es lo que queremos para nuestro México. Queremos cárceles llenas de reos o queremos cárceles que tengan la oportunidad de crear personas positivas, para que el día de mañana salgan y aporten a la seguridad, al trabajo y a la economía de este país. Muchísimas gracias. Gracias, presidente.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputada Ramírez. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se desecha y se reserva para su votación nominal en conjunto, en términos del dictamen.
Tiene ahora la palabra el diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar propuestas de modificación a los artículos 172, párrafo segundo, 176, párrafo primero, 177, adicionando una fracción, y 188 con varias modificaciones.
El diputado Vidal Llerenas Morales: Gracias. Con permiso del diputado presidente. El objetivo de estas reservas que estamos presentando es primero hacer un cuestionamiento en sentido de que se están tomando estas disposiciones un modelo equivocado, en el sentido de que una penalidad que puede tener una persona es tomar un tratamiento de adicciones. Es un modelo que no ha tenido éxito en otras partes del mundo, porque un tratamiento o la posibilidad de que alguien deje una adicción tiene que ser siempre voluntario y el sistema judicial no es la mejor manera de implementarlo.
Los modelos que funcionan, de hecho, como pueden ser las cortes de disuasión en Portugal, son modelos en donde el sistema judicial no está involucrado sino es un juez o un ministerio público el que toma decisiones en ese sentido.
Y creemos entonces que la posibilidad de que hubiera penalidades en términos de tratamientos obligatorios es no reconocer un camino andado donde se dice que ésta no es la mejor práctica.
En ese sentido proponemos varias modificaciones para atenuar los posibles daños... de este modelo, uno para que en el caso de que se establezca un tratamiento como éste no pueda tener una duración mayor de 15 meses, que es algo que se establece como el máximo que puede tener un tratamiento de adicciones adecuado y moderno.
Que exista la posibilidad de que haya tratamiento de acuerdo a distintas sustancias, y sobre todo, que no pueda haber la posibilidad de que una persona que deje un tratamiento de esta naturaleza sea arrestado.
Nos parece que tiene que haber una reflexión profunda en todo el tema de considerar a una persona que consume una sustancia de manera directa como un delincuente. Y pensar que por el consumo de una sustancia una persona delinque.
Si continuamos con este tipo de propuestas estamos incrementando la discriminación y las posibilidades que las personas que consuman sustancias tengan una vida normal en la sociedad.
No necesariamente una persona que consume una sustancia hoy considerada ilegal es un delincuente y no puede haber un tratamiento obligatorio ordenado por un juez que tenga esto. Reflexionemos en este tema y ojalá nos acompañen en la reserva. Muchas gracias.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado Llerenas. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las propuestas de modificación presentadas.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se desechan y se reservan para su votación nominal en conjunto en términos del dictamen.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación de los artículos 9, 10, 102, 118, 161, 172, 176, 177 y 188, en términos del dictamen.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación nominal de los artículos mencionados el términos del dictamen.
(Votación)
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: ¿Falta alguna diputada o diputado de emitir su voto? Está abierto el sistema. ¿Alguna diputada o algún diputado que falte de emitir su voto? Seguimos con problemas en ése.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Está abierto el sistema, diputado Madero. Nada más lo están esperando a usted.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: ¿Se resolvió? ¿Alguien más falta? Adelante, está abierto el sistema. ¿Alguna diputada o algún diputado falta de emitir su voto? A ver, aquí están entrando.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Apúrenle, apúrenle.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Por favor. Está abierto el sistema todavía.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Ándele, ándele. Arriba, arriba. Parece que ya no se ven movimientos desesperados de nadie.
La Secretaria diputada Ernestina Godoy Ramos: Ahora sí. Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se emitieron 391 votos a favor, 56 en contra, 1 abstención.
El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias. Aprobados los artículos reservados en términos del dictamen por 391 votos, y por lo tanto, aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI, XXXVII y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225, del Código Penal Federal. 
Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.


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