Blinda Corte a IFAI
Notas de Víctor Fuentes
Reforma, 02-Mar-201.-
La Suprema Corte de Justicia estableció de manera categórica que las dependencias del Ejecutivo no pueden promover ningún tipo de litigio judicial para impugnar las resoluciones del IFAI que son contrarias a sus intereses.
"Los sujetos obligados en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental deben dar cumplimiento incondicional a las resoluciones emitidas por el IFAI al resolver recursos de revisión.
"(Lo anterior) sin que sea válida la utilización de recursos jurídicos, como la interposición de un juicio de nulidad, o de facto, como la simple negativa de entregar información, para eludir dicho cumplimiento", establece la primera sala de la Corte en una tesis aprobada el 8 de febrero.
A partir de 2003, año en que el IFAI comenzó a revisar solicitudes de información, 16 dependencias del Ejecutivo han promovido un total de 56 juicios en su contra.
La PGR ha presentado 30 de estas demandas, y es por mucho la dependencia más litigiosa.
Los Ministros se refirieron con mayor énfasis al juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), al que la PGR ha acudido de manera recurrente en los últimos años.
Varias salas regionales del TFJFA se han declarado competentes para conocer de estas demandas con el argumento de que no se puede dejar en "indefensión" a las dependencias del Gobierno, e incluso han llegado a revocar órdenes del IFAI pese a que no hay ley que las faculte para ello.
"Resulta evidente que la intención del legislador fue excluir al TFJFA del conocimiento de las resoluciones recaídas a los recursos de revisión emitidas por el IFAI al igual que eliminar la posibilidad de que las dependencias y entidades promuevan algún juicio o recurso ante el Poder Judicial de la Federación", afirma la tesis aprobada por unanimidad por los cinco Ministros de la primera sala.
Ricardo Salgado, director jurídico del IFAI, consideró que la tesis es un triunfo para el Instituto luego de un largo camino de más de ocho años de tener que enfrentar litigios promovidos por las dependencias.
La tesis derivó de un amparo promovido por la hija del activista guerrerense Rosendo Radilla, desaparecido en 1974, quien solicitó a la PGR acceso a la averiguación previa sobre este asunto.
El IFAI ordenó difundir los documentos del caso porque la reserva de las averiguaciones previas no opera cuando se indagan delitos de lesa humanidad; sin embargo, la Procuraduría General de la República promovió un juicio de nulidad para tratar de evadir la orden.:
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.Y jueza Lobo ordena bajar una resolución
Por Víctor Fuentes
Reforma 02-Mar-201;
La jueza que el año pasado ordenó retirar el documental "Presunto Culpable" de los cines, ahora ordenó a la Comisión Federal de Competencia (CFC) quitar de su página de internet la resolución en la que impuso a Telcel una multa histórica de casi 12 mil millones de pesos por prácticas monopólicas.
Blanca Lobo, jueza décimo segunda de distrito en materia administrativa, resolvió el 30 de enero que la CFC actuó ilegalmente al difundir una versión pública del fallo de 548 cuartillas dictado el 7 de abril de 2011, con la que dio fin a una investigación contra la telefónica y la acusó de abusar de su poder en el mercado.
La empresa promovió un amparo contra la publicación, alegando que la CFC sólo podía difundirlo una vez que causara estado, es decir, que ya no fuera posible agotar recurso alguno en su contra, lo que no ha sucedido, pues Telcel presentó un recurso de reconsideración, pendiente ante la CFC, y después podría acudir a los tribunales.
"Contrariamente a lo sostenido por las autoridades responsables en su informe justificado, sí causa agravio a la quejosa el hecho de haber realizado la publicación de la resolución de 7 de abril de 2011, dentro de su página de Internet, haciendo por tanto público su contenido, toda vez que la misma no se encontraba firme en ese momento", resolvió la juez.
Lobo consideró que en este caso era aplicable el Reglamento de la Ley Federal de Competencia de 1998, porque era el vigente cuando la CFC inició en 2006 el procedimiento contra Telcel, aunque dicho reglamento fue derogado meses después del arranque de la indagatoria.
El reglamento actual ordena publicar todas las resoluciones de la CFC, sin importar si aún no son definitivas.
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