15 sept 2013

Celebra propuesta de reforma y condena sentencia de la SCJN


 Celebra propuesta de reforma y condena sentencia de la SCJN
LA REDACCIÓN
Revista Proceso. No. 1924, 14 de septiembre de 2013:
PALABRA DE LECTOR
Señor director:
Le ruego publicar lo siguiente en su prestigiada revista Proceso.
 Quiero destacar dos cuestiones que se relacionan con la inconsciencia histórica-solidaria de gran parte de la derecha empresarial mexicana: la primera, respecto a la propuesta de reforma hacendaria, y la otra sobre restricciones a derechos humanos.
 Chesterton dijo alguna vez que el demócrata era aquel que cuando el otro tenía razón de inmediato se la reconocía. Es el caso de dicha propuesta fiscal; en esencia representa un avance en materia de redistribución del ingreso, privilegiando impuestos progresivos, rechazando regresivos como el IVA en alimentos y medicinas, que tanto afectan a la población mayoritaria –que es pobre y no de clase media, como dicen algunos que manipulan la realidad–, y acabando con regímenes especiales y de consolidación fiscal.

Prueba palpable de que significa un paso positivo es el rechazo inmediato a la misma por parte tanto de las cúpulas empresariales –defensoras habituales de los pocos privilegiados y adversarias de las exigencias sociales de la mayoría del pueblo en estado de pobreza– como de lo que queda del PAN –partido que, claudicando, abandonó las tesis humanistas cristianas para abrazarse con fanatismo a las corrientes antisociales de corte calvinista. Dicho despojo partidista habla engolado del “bien común”, pero en la práctica, cuando se trata de transformarlo en políticas fiscales que exigen solidaridad a favor del pueblo, entonces lo sacrifica en aras de intereses privados de facción.
 En contraste con la reacción hostil de tales cúpulas a la propuesta fiscal, la insólita sentencia reciente de la Suprema Corte sobre derechos humanos, que limita entre otros el de la libertad, no mereció comentario por parte de ellos. Resulta muy cierto lo que comenta Karl Jaspers sobre la débil conciencia de libertad en el mundo occidental organizado de posguerra. En aras de la seguridad se renuncia a la libertad, a la lealtad con uno mismo y con los demás. Por ello las restricciones a la libertad pasan desapercibidas para los mercaderes mayores.
 La sentencia de la Corte, comentada como noticia en la página web de Proceso, viola la decisión fundamental del Constituyente Permanente de incorporar a plenitud el garantismo en México, país que estaba muy rezagado en tal materia –ahora vuelve a estarlo–; y anula el principio pro persona, al determinar como criterio de interpretación que las restricciones a derechos humanos que establezca la Constitución prevalecerán sobre las normas más protectoras de fuente internacional.
 Toda la reforma de 2011 sobre este tema giró en torno al principio pro persona, el cual establece que debe prevalecer siempre la interpretación más favorable. La sentencia de la Corte dice lo contrario al establecer un criterio hermenéutico para todos los jueces: en caso de colisión de derechos, prevalecerán las normas de la Constitución que contengan restricciones a derechos humanos, frente a las de los tratados que prevean protecciones más amplias. Este tipo de criterio posibilita el vaciamiento de la esencia de los derechos humanos, según Robert Alexy –como la presunción de inocencia.
 En suma, la Corte debe rectificar y el gobierno seguir ahondando en la redistribución de la riqueza nacional, ahora en muy pocas manos, las más insensibles. (Dedico estas ideas a la memoria de Víctor González-Luna Orendáin, tapatío brillante recientemente fallecido.)
Atentamente
Mauro González-Luna Mendoza

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