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MVS modifica
unilateralmente contrato a Carmen Aristegui, advierte ombudsman
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LA REDACCIÓN, APRO, 15 DE MARZO DE
2015
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MÉXICO, D.F.
(proceso.com.mx).- El ombudsman de MVS Radio, Gabriel Sosa Plata, dio a conocer
que dicha empresa aplicará nuevos lineamientos desde el lunes 16 de marzo que
“modifican unilateralmente las condiciones del contrato y acuerdo firmado el
primero de enero de 1999 con la periodista Carmen Aristegui y no son producto
de una acción consensuada”. -
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El defensor emitió
este domingo un posicionamiento a través del portal Aristegui Noticias (l reproduce la revista Etcétera) en el
cual, si bien reconoce el derecho de la empresa a hacer públicos los
lineamientos a los que se sujetarán sus conductores de noticias al considerar
que se trata de “una práctica que abona a la transparencia de la relación entre
empresa y los periodistas”, advierte a la vez que su defensoría no fue
consultada para dar una opinión previa sobre dichos lineamientos.
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“En efecto, la
periodista Carmen Aristegui, conductora de la primera emisión, tiene un
contrato firmado con Noticias MVS, en cuyo Anexo B ‘sobre política editorial y
reglas de conducta ética’, se establece una serie de lineamientos, entre los
cuales destaca que ‘los titulares de cada una de las emisiones serán
responsables finales del contenido y dinámica de sus espacios’, quienes
‘desarrollarán su tarea en un pleno ejercicio de libertad de expresión’. Es
decir, con base en este Acuerdo, Carmen Aristegui tiene la decisión última
respecto del contenido de su espacio informativo, aunque más adelante, en la
parte relativa al Comité Editorial se afirma que ‘el contenido y la política
editorial de las distintas emisiones de Noticias MVS es responsabilidad de
conductores y empresa’. Hasta donde tenemos conocimiento este modelo de
contrato no lo tienen los periodistas Luis Cárdenas, Ezra Shabot ni Alejandro
Cacho.
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Agrega que los
lineamientos que MVS Radio aplicará desde el lunes 16 de marzo modifican
unilateralmente las condiciones del contrato y acuerdo firmado el primero de
enero de 1999 con la periodista Carmen Aristegui y no son producto de una
acción consensuada, como se hizo con el documento precedente, lo que tiene
consecuencias jurídicas que esta defensoría no tiene facultades de analizar.
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El defensor
destaca que se estarían imponiendo condiciones no contempladas en el acuerdo en
lo particular con la periodista y en lo general con los conductores se estaría
imponiendo de forma unilateral un conjunto de obligaciones que a consideración
de la defensoría “parece una grave omisión, contraria a la Constitución y
diversas leyes”.
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“En cuanto a la
libertad editorial de la conductora en su noticiario, los lineamientos le
imponen ciertas condiciones que no estaban consideradas en el Acuerdo
mencionado, como el ‘derecho’ de la empresa de ‘insertar secciones y cápsulas
en las distintas emisiones, ya sean éstas de contenido cultural, político,
social, etcétera, las cuales estarán a cargo de especialistas en la materia’,
‘abrir espacios a sus compañeros para realizar promoción respecto de
investigaciones y/o insertarán contenido de otras emisiones como elementos
destacados’ y que la Dirección de Noticias MVS defina y autorice las suplencias
y transmisiones especiales”, detalla Sosa Plata.
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También, desde
nuestro punto de vista, apunta el ombudsman, “hay una intromisión en la vida
privada de los periodistas al estar obligados, por contrato, de informar sobre
su pertenencia a ‘asociaciones, grupos, organismos gremiales, políticos o de la
sociedad civil’ y, por si fuera poco de su ‘participación accionaria en alguna
otra empresa’ y de los ‘ingresos obtenidos por labores diferentes a las
realizadas para la empresa’.
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En el documento de
11 cuartillas, el defensor sostiene que se está “frente a una decisión de
empresa de llevar directamente, a través del Director de Noticias MVS, la
agenda informativa de los noticiarios, coordinar la unidad de investigaciones
especiales (que estaba bajo la dirección de la periodista Carmen Aristegui),
nombrar (en conjunto con los conductores) a sus colaboradores; modificar
segmentos, mesas de debate, participación de comentaristas o secciones con base
en los estudios de ‘empresas especializadas’, insertar libremente contenidos en
las emisiones (sin acuerdo con los conductores), prescindir de los
corresponsales extranjeros ‘para optimizar recursos financieros’ (lo que tendrá
implicaciones en la calidad de la información internacional que se ofrece a la
audiencia) y ordenar la transmisión de los noticiarios desde cualquier
localidad que se indique”.
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MVS Radio
estableció estos nuevos lineamientos después del supuesto uso ilegal de su
marca y el establecimiento de alianzas estratégicas sin autorización de la
empresa, los cuales indica que deberán ser acatados por los titulares de las
tres emisiones de Noticias MVS y por los conductores de los noticiarios locales
de MVS Radio.
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“Lineamientos” a
los que deberán someterse conductores de MVS
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1. De la relación
contractual. Las prácticas de contratación de Noticias MVS se homologarán a
partir de la entrada en vigor de los presentes lineamientos. Respetando las
diferencias en cuanto a montos de contraprestación y otras cuestiones, se
contará con un “contrato tipo” homogéneo. Todos los conductores tendrán las
mismas obligaciones y disfrutarán de los mismos derechos.
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2. Del Comité
Editorial. A partir de esta fecha se incorporan al Comité Editorial todos los
conductores de noticias quienes contarán con derecho de voz y voto en el seno
del mismo. El Comité Editorial es un foro de intercambio de ideas y de toma de
decisiones previos a la difusión. Este espacio de deliberación colegiado y retroalimentación
tiene como fin, mediante el intercambio de ideas y opiniones, mejorar el
funcionamiento de las emisiones y cumplir con las demandas de nuestra
audiencia, a la que escucharemos a través de estudios profesionales de mercado
que realizarán empresas especializadas y de gran prestigio. En ese sentido, no
solo es obligación de los conductores asistir, conocer y dar seguimiento a la
agenda informativa que presenta la Dirección de Noticias, sino también
presentar por anticipado todo aquello de relevancia informativa que estén
realizando con sus respectivos equipos o que tengan contemplado en sus
respectivas agendas.
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3. De la unidad de
investigaciones especiales. A fin de fortalecer la operación de dicha unidad,
se llevará a cabo la contratación de personal adicional. El personal adscrito a
la unidad de investigaciones especiales, prestará servicios a todas las
emisiones. Para ello, la Unidad será coordinada por el Director de Noticias
tomando en cuenta las recomendaciones del Comité Editorial con respecto a las
solicitudes de los conductores de noticias. En caso de diferendos, el Comité
Editorial tomará la decisión final por votación directa de sus integrantes.
Todos los elementos que conforman esta Unidad, así como el producto de sus
investigaciones, será exclusivo de MVS y no podrán prestar servicios a ninguna
persona, medio o plataforma ajenos a MVS.
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4. Alianzas
estratégicas, colaboración con otras entidades y utilización de marcas
propiedad de MVS. La decisión de celebrar alianzas estratégicas, convenios de
colaboración o, en general, mecanismos de coordinación o cooperación con
organizaciones, personas o entidades distintas de MVS, será exclusiva de la
administración de la empresa. Los conductores de noticias podrán proponer la
celebración de dichas alianzas, pero deberán abstenerse de comprometer acciones
y recursos de la empresa sin contar con visto bueno y autorización previa de la
misma, a través del Director de Noticias.
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5. Nombramiento e
incorporación de colaboradores. La designación de reporteros, corresponsales,
analistas, comentaristas, coordinadores de información, defensor de la
audiencia, etcétera, será determinada de manera consensuada entre los
conductores y el Director de Noticias.
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6. Del
fortalecimiento y promoción de los conductores y de las emisiones de noticias
(promociones cruzadas). Los conductores de noticias deberán realizar
comentarios editoriales que serán transmitidos en las distintas emisiones en
coordinación con la Dirección de Noticias. Los conductores abrirán espacios a
sus compañeros para realizar promoción respecto de investigaciones especiales
y/o insertarán contenido de otras emisiones como elementos destacados.
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6. Valoración
periódica. A través de empresas especializadas se llevará a cabo una valoración
periódica de todas aquellas secciones, investigaciones, segmentos, mesas de
debate, comentaristas, etcétera, con las que cuenta cada una de las emisiones;
Lo anterior, a fin de modificar segmentos en función a lo que arrojen los
resultados de las investigaciones, lo que traerá como consecuencia el
fortalecimiento de las emisiones. Se dará seguimiento puntual a los indicadores
que arrojen las investigaciones, a fin de procurar la mejora continua de todos
los espacios informativos de Noticias MVS. Asimismo, y a fin de difundir
información lo más completa posible que privilegie y promueva la convivencia
armónica entre individuos y que ayude a la audiencia a entender la realidad y a
formar su propio criterio, la empresa se reserva el derecho de insertar
secciones y cápsulas en las distintas emisiones, ya sean éstas de contenido
cultural, político, social, etcétera, las cuales estarán a cargo de
especialistas en la materia.
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7. Horarios de
transmisión. En virtud de la nueva multiplataforma y de los compromisos
adquiridos con operadores de televisión restringida, la Dirección de Noticias
se reserva el derecho de designar los horarios de las distintas emisiones,
siendo obligación de los Conductores cumplir cabalmente con los relojes de
transmisión, es decir, se deben cubrir con rigurosa puntualidad las entradas,
salidas y cortes comerciales. Los conductores de noticias deberán cubrir de
manera personal e íntegra la totalidad del espacio de la emisión.
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8. Formato
multiplataforma. Los conductores y sus respectivos equipos atenderán los
requerimientos de formato, producción, imagen y otros aplicables, a fin de
procurar una unidad y congruencia visual en todos los espacios informativos de
la empresa.
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9. Corresponsales
y Agencias Internacionales. Dadas las necesidades de optimizar los recursos
financieros de la empresa, a partir de esta fecha la cobertura de los sucesos
en el extranjero se llevará a cabo vía Agencias Internacionales, que darán
servicio a todas las emisiones noticiosas de la Empresa.
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10. Suplencias y
transmisiones especiales. Éstas serán definidas y autorizadas por el Director
de Noticias, quien deberá realizar los análisis adecuados para cada una de las
emisiones, así como la conveniencia o no, de transmisiones especiales. Con el
fin de tener una mayor presencia e incrementar la audiencia en las ciudades del
interior de la República en las que se retransmita cualquiera de los
noticieros, los conductores de noticias deberán transmitir desde cualquiera de
estas localidades, ya sea desde nuestras instalaciones, afiliados o la de
nuestros patrocinadores cuando el Director de Noticias se los indique.
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11. Del portal de
Noticias MVS. El contenido de los portales de noticias será responsabilidad del
Director de Noticias. Insistiremos en que se cumplan los compromisos adquiridos
por los conductores de noticias respecto a que, (1) ningún contenido producido
o generado en MVS podrá ser utilizado por los conductores de noticias en ningún
otro medio o plataforma; y (2) ningún conductor de noticias podrá promover
medios o plataformas ajenas a MVS en los espacios que corresponden a las
emisiones.
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12. Código de
ética. Los esfuerzos relativos a la expedición de un Código de Ética Único para
Noticias MVS se retomarán de inmediato, a efecto de que en un plazo no mayor a
seis meses contados a partir de la vigencia de los presentes lineamientos, se
hayan homologado las prácticas éticas y de defensoría de audiencias en todos
los espacios informativos.
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13. Mejores
prácticas de transparencia y ética profesional. Los conductores deberán hacer
del conocimiento de la Empresa cualquier interés personal o familiar que
pudiera percibirse en conflicto con su trabajo; asimismo, es responsabilidad de
los conductores informar a la empresa si tienen participación accionaria en
alguna otra empresa, incluidas las acciones adquiridas con motivo de algún
contrato de inversión; su pertenencia a asociaciones, grupos, organismos
gremiales, políticos o de la sociedad civil e ingresos obtenidos por labores
diferentes a las realizadas para la empresa.
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14. Independencia.
La empresa y sus conductores no representan a ningún partido político, grupo
beligerante, ni protegen intereses de organizaciones, asociaciones, movimientos
políticos, sociales o gobiernos.
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15. Ejercicio de
la Profesión. La empresa no demanda exclusividad de sus conductores, por lo que
podrán realizar colaboraciones profesionales en otros medios de comunicación,
siempre y cuando éstas no representen una competencia para la empresa.
Continuaremos con la política de que los conductores que colaboren
profesionalmente con algún otro medio de comunicación, lo deberán hacer sin
incumplir con sus obligaciones frente a la empresa y sin utilizar los recursos
y contenidos de ésta. Como siempre, por recursos y contenidos entendemos:
personal, líneas telefónicas, equipo de cómputo, material de audio y video,
investigaciones, producciones de todo tipo, oficinas y cualquier otro cuyo
costo sea pagado por la empresa.
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16. Diferendos.
Cualquier diferendo que pueda existir en relación a la dirección editorial y
conducción de la emisión, entre los conductores y la empresa, será dirimida
entre el conductor y el Director de Noticias.
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