7 jul 2011

Recursos para reparación del daño a víctimas del pasado

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó este miércoles, 6 de Julio de 2011 el siguiente un Punto de Acuerdo donde se “xhorta, respetuosamente, al Titular de la Secretaría de Gobernación a convocar a la brevedad al Comité Interdisciplinario para la Reparación del Daño a víctimas por violaciones de derechos humanos a individuos vinculados a movimientos sociales y políticos del pasado, con el objeto de analizar y aprobar los montos de las indemnizaciones generadas por sentencias de organismos internacionales y por la Recomendación 26/2011 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para su entrega inmediata a las víctimas." y un exhortó a la misma Secretaría de Gobernación "y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que, en el ámbito de su competencia, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, se destinen los recursos necesarios y suficientes para cumplir con las obligaciones derivadas de la Recomendación 26/2011 así como de aquellas que se generen a partir de sentencias de organismos internacionales, que no sean cubiertas con los recursos presupuestales asignados en este ejercicio fiscal."APROBADO EN VOTACIÓN ECONÓMICA.
En el dictamen aprobado se señala que se acreditaron 275 personas que fueron objeto de desaparición forzada en las décadas de los 70 y 80, víctimas de los elementos de las denominadas “Brigada Especial o Brigada Blanca”. Dichas brigadas, se explica en el documento, estuvieron conformadas por servidores públicos de la hoy extinta Dirección Federal de Seguridad y apoyados por servidores públicos de otras dependencias, tanto federales como estatales.
Senadores y diputados recordaron que fue hasta el ejercicio fiscal 2011 cuando esta Legislatura logró asignar de manera clara y específica la cantidad de 30 millones de pesos en el Anexo 25.1 del Presupuesto de Egresos de la Federación en el denominado: “Fondo de Reparaciones e Indemnizaciones a causa de violaciones a derechos humanos decretadas por la CIDH y por violaciones a los derechos humanos cometidos en el pasado.
Puntualizaron que en un estado de derecho es obligación ineludible de la autoridad el resarcimiento del daño en casos de violaciones a los derechos humanos, como las que se produjeron principalmente en el estado de Guerrero en aquellos años.
EL DICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO PARA LA REPARACIÓN DEL DAÑO POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS DECRETADAS POR LA CIDH
Honorable Asamblea:
A la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia de la Comisión Permanente correspondiente al Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXI Legislatura, fue turnada una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Titular de la Secretaría de Gobernación a convocar a la inmediata reunión del Comité Interdisciplinario para la Reparación Administrativa del Daño, en virtud de que en el anexo 25.1 del Presupuesto de Egresos de la Federación 2011 se prevé una partida presupuestal de 30 millones de pesos para el Fondo de Reparaciones e Indemnizaciones a causa de violaciones a Derechos Humanos decretadas por la CIDH y por violaciones a los Derechos Humanos cometidos en el pasado y a la fecha no se ha definido la forma en la que se indemnizará a las víctimas de violaciones a derechos humanos ocurridas en el pasado, como es el caso de los desaparecidos de la guerra sucia de los años 70 y 74 en el Municipio de Atoyac en el Estado de Guerrero, presentada por el diputado Armando Ríos Piter, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Los ciudadanos legisladores integrantes de la Primera Comisión realizaron el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en las propuestas con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 párrafo primero y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión que suscriben, someten a la consideración del pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
I. La Proposición con Punto de Acuerdo que se cita, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente el día 27 de junio de 2011.
II. En la misma fecha de su presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión dispuso que la proposición de mérito se turnara para su estudio y dictamen a la Primera Comisión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.
CONSIDERACIONES
I. El Diputado proponente menciona que durante los años setenta se dieron estallidos sociales y políticos que provocaron la formación de distintos grupos subversivos que fueron reprimidos por el Ejército mexicano. Estos conflictos afectaron a individuos no pertenecientes a dichos movimientos sociales principalmente a campesinos pobres.
Recuerda que por más de 30 años, los familiares de las víctimas han luchado por el reconocimiento de estos abusos de autoridad y el resarcimiento de los daños asumiendo plenamente que sus familiares no serán devueltos, ni sus cadáveres serán recuperados, ya que además de las pérdidas humanas, estos hogares sufrieron daños económicos irreversibles toda vez que las víctimas fueron, prácticamente en su totalidad, los hombres que mantenían el hogar y trabajaban las tierras.
Por otro lado, está la Recomendación 26 / 2001 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) la cual fue motivada por las denuncias y documentos aportados por los familiares quejosos, de manera directa o a través de alguna organización no gubernamental.
Afirma que las conclusiones de la Recomendación 26/2001 acerca del padrón de personas desaparecidas señala que: “Por lo que respecta al número de personas que fueron objeto de desaparición forzada en la denominada década de los 70 y principios de los 80, esta Comisión Nacional obtuvo testimonios y pudo allegarse diversas evidencias que permiten acreditar que 275 personas fueron víctimas de los elementos de las denominadas “Brigada Especial o Brigada Blanca”, las cuales estuvieron conformadas por servidores públicos de la hoy extinta Dirección Federal de Seguridad y apoyados por servidores públicos de otras dependencias, tanto federales como estatales, que en lo específico se acreditó en cada uno de los expedientes detallados en el apartado V de la presente Recomendación.”
Fue hasta el ejercicio fiscal 2011 cuando esta LXI Legislatura con el impulso del que suscribe el presente punto de acuerdo, que se logró asignar de manera clara y específica la cantidad de 30 millones de pesos en el Anexo 25.1 del Presupuesto de Egresos de la Federación en el denominado: “Fondo de Reparaciones e Indemnizaciones a causa de violaciones a derechos humanos decretadas por la CIDH y por violaciones a los derechos humanos cometidos en el pasado”.
II. Los integrantes de la Comisión Dictaminadora valoraron la proposición con Punto de Acuerdo en análisis coincidiendo plenamente en que, en un Estado de Derecho es obligación ineludible de la autoridad el resarcimiento del daño en casos de violaciones a los derechos humanos, como las que se produjeron principalmente en el estado de Guerrero.
Esta Comisión también coincide en que, a partir del 2001, el entonces presidente Vicente Fox “reconoció los delitos cometidos en el pasado por las autoridades militares y publicó en el Diario Oficial del 27 de noviembre de ese mismo año el acuerdo que dispuso diversas medidas para la procuración de justicia por delitos cometidos contra personas vinculadas con movimientos sociales y políticos del pasado”, obligando a la Secretaría de Gobernación, la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de la Defensa Nacional a crear el Comité Interdisciplinario para estudiar, analizar y presentar propuestas para determinar la forma, procedimientos y términos para brindar la reparación administrativa del daño a las víctimas y ofendidos cuando fuera procedente.
En relación específica a los sucesos acaecidos en Atoyac, Gro. El promovente hace referencia a la Recomendación 26/2001 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en la cual se señala que por lo que respecta al número de personas que fueron objeto de desaparición forzada en la denominada década de los 70 y principios de los 80, esta Comisión Nacional obtuvo testimonios y pudo allegarse de diversas evidencias que permiten acreditar que 275 personas fueron víctimas de los elementos de las denominadas “Brigada Especial o Brigada Blanca”, las cuales estuvieron conformadas por servidores públicos de la hoy extinta Dirección Federal de Seguridad y apoyados por servidores públicos de otras dependencias, tanto federales como estatales, que en lo específico se acreditó en cada uno de los expedientes detallados en el apartado V de la presente Recomendación.
III. La H. Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, creó el denominado Fondo de Reparaciones e Indemnizaciones a causa de violaciones a derechos humanos decretadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por violaciones a los derechos humanos cometidos en el pasado, asignándole recursos por treinta millones de pesos, mismos que no han sido entregados a las víctimas debido a que el mencionado Comité Interdisciplinario para la Reparación Administrativa del Daño no ha sido convocado, provocando con ello, nuevamente, una agresión del Estado en contra de quienes ya han sido reconocidos como víctimas.
En mérito de lo antes expuesto, la Primera Comisión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, de la Comisión Permanente, se permite someter a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Titular de la Secretaría de Gobernación a convocar a la brevedad al Comité Interdisciplinario para la Reparación del Daño a víctimas por violaciones de derechos humanos a individuos vinculados a movimientos sociales y políticos del pasado, con el objeto de analizar y aprobar los montos de las indemnizaciones generadas por sentencias de organismos internacionales y por la Recomendación 26/2011 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para su entrega inmediata a las víctimas.
SEGUNDO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que, en el ámbito de su competencia, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, se destinen los recursos necesarios y suficientes para cumplir con las obligaciones derivadas de la Recomendación 26/2011 así como de aquellas que se generen a partir de sentencias de organismos internacionales, que no sean cubiertas con los recursos presupuestales asignados en este ejercicio fiscal.
Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a los 05 días del mes de julio de 2011.
Miércoles, 06 de Julio de 2011

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