DOF: 06/03/2012
DECRETO por el que se
adiciona la fracción I Bis al artículo 15 de la Ley General para la Igualdad
entre Mujeres y Hombres.
Al margen un sello con el
Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, DECRETA:
SE ADICIONA LA FRACCIÓN I BIS AL ARTÍCULO 15 DE LA
LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
Artículo Único. Se adiciona la fracción I Bis al artículo 15
de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para quedar como
sigue:
Artículo 15.- Corresponde a las y los titulares de los
Gobiernos Estatales y del Distrito Federal:
I. ...
I Bis. Incorporar en los presupuestos de egresos de la
entidad federativa y del Distrito Federal, la asignación de recursos para el
cumplimiento de la política local en materia de igualdad;
II. a IV. ...
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 1 de febrero de 2012.- Dip. Guadalupe
Acosta Naranjo, Presidente.- Sen. José González Morfín, Presidente.-
Dip. Gloria Romero León, Secretaria.- Sen. Renán Cleominio Zoreda
Novelo, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I
del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y
para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la
Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito
Federal, a dos de marzo de dos mil doce.- Felipe
de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El
Secretario de Gobernación, Alejandro Alfonso Poiré Romero.- Rúbrica
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