TEPJF:
Resoluciones peligrosas/JESÚS
CANTÚ
La
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) aprobó el 19 de agosto dos resoluciones que sientan precedentes muy
preocupantes, pues abren la puerta para la violación de dos principios básicos
de la democracia electoral: la equidad en la contienda y el libre ejercicio del
voto.
En
una de las resoluciones decidió validar los comicios en dos distritos de
Oaxaca, donde no se instaló 30% de las casillas previstas, con lo cual se
rebasaba en 10 puntos porcentuales el 20% establecido en la Ley General del
Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral como motivo para anular
la elección distrital; en la otra, revocó resoluciones del Consejo General del
Instituto Nacional Electoral (INE) relacionadas con el tope de gastos de
campaña, pero estableció que “el rebase de tope de gasto de campaña no puede,
en esta ocasión, ser considerado como causal de nulidad de la elección…”.
En
el primer caso se argumentó que, dado que las causales de la no instalación de
las casillas no son imputables a la autoridad electoral, partidos políticos,
coaliciones o candidatos, el valor fundamental a tutelar es la voluntad de los
ciudadanos que sí acudieron a votar y pudieron depositar los sufragios. La
primera vez que la Sala Superior utilizó esa argumentación fue en el proceso
electoral intermedio de 1997, cuando revocó la decisión de la Sala Regional de
anular la elección del Distrito 5 de Chiapas, con cabecera en Ocosingo.
Sin
embargo, el precedente de esta ocasión puede tener una mayor incidencia en los
resultados electorales, dadas las actuales condiciones de conflictividad e
inseguridad, lo que abre la puerta para que grupos interesados en favorecer o
perjudicar a una determinada fuerza política dirijan sus acciones a zonas o
regiones donde tienen sus reservas de votos. En aquel momento el conflicto con
el EZLN estaba muy focalizado en una región de Chiapas; pero hoy grupos de la
delincuencia organizada tienen el control de amplias áreas del territorio
nacional y pueden aplicar una estrategia para impedir la instalación de
casillas, previamente seleccionadas, con el fin de restar votos a los
candidatos que no quieren que ganen por no haber cedido a sus presiones.
Mas
no son los únicos actores que pueden realizar tales estrategias. En la reciente
elección, aparentemente sin sesgo alguno, fueron los maestros organizados en la
CNTE quienes impidieron la instalación de centenares de casillas; hay muchos
grupos organizados o movimientos sociales que pueden utilizar la alternativa
que les abre el tribunal para hacerlo. Por supuesto, las entidades más
vulnerables, salvo el caso de Tamaulipas, son las que muestran mayores
carencias y menores índices de bienestar social, como ocurre con Oaxaca.
El
magistrado Salvador Nava Gomar explicó: “… lo que estamos diciendo con esta
resolución es que los grupos violentos no pueden poner en jaque o en riesgo el
derecho de votar y ser votados de la ciudadanía”. Empero, ninguno de los
magistrados reflexionó sobre los impedimentos de la instalación selectiva de casillas
en las instancias de distrito, municipio y, eventualmente, hasta en la estatal.
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